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11 de diciembre 2025 - 20:10

Julio Cordero: "No es una ley anti nada, es pro trabajador, pro empresa y pro sindicato"

El secretario de Trabajo defendió el proyecto de modernización laboral enviado al Senado y aseguró que la iniciativa busca preservar derechos, reducir costos y facilitar la incorporación de trabajadores al mercado formal.

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Cordero sostuvo que la reforma laboral impulsada por el Gobierno es “pro trabajador, pro empresa y pro sindicato”, y que no elimina derechos adquiridos.

“Lo que tiene de magnífica esta reforma es que no quita realmente ningún derecho esencial a los trabajadores y, por otro lado, da y otorga derechos apuntando a generar empleo”. Así definió Julio Cordero, secretario de Trabajo del ministerio de Capital Humano, al proyecto de modernización laboral que el Poder Ejecutivo envió hoy al Senado, en un reportaje concedido a Ámbito y a La Nación.

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Cabe señalar que esta iniciativa, si bien no se avanzó con la modificación de las cuotas solidarias - uno de los principales ingresos de los gremios – sí dispone que las empresas ya no estarán obligadas a ser agente de retención de los pagos mensuales de afiliación.

La intención es que sea opcional “siempre que medie conformidad expresa del trabajador y acuerdo entre las partes”. Al respecto, fuentes oficiales aclaran que “los sindicatos van a tener que hacer su propio sistema de recaudación, pero no vemos que sea un problema. Hoy en día, existen mil formas de cobrarle a un afiliado, hay un montón de mecanismos digitales”.

El proyecto también refuerza el traspaso de los fueros laborales de la Nación al ámbito de la ciudad de Buenos Aires. Además, precisa algunas pautas para que no haya más “grises”. Uno de los más relevantes: el texto aclara que actualmente el aguinaldo no forma parte del cálculo para las indemnizaciones en caso de despido.

La iniciativa también contempla una fórmula para la actualización -menos discrecional que las que se aplican hoy- de los montos indemnizatorios en los juicios laborales consistente en la aplicación de la variación del índice de precios al consumidor del INDEC más el 3%.

La reforma, asimismo, apunta a reducir los costos laborales y, en ese sentido, dispone una baja del 6% al 5% de las contribuciones que hacen las empresas a las obras sociales. Con relación a la ultraactividad, Cordero señaló que “se abre la puerta a que se modernicen los convenios”.

A continuación, el reportaje:

Periodista: ¿Cuál sería la razón por la cual el sindicalismo, que históricamente se ha opuesto a las reformas laborales, en esta ocasión podría aceptarla? ¿Qué es lo que cambió?

Julio Cordero: Para mí lo que cambió es la conciencia de la gente y realmente una propia conciencia dentro del sindicalismo. Hay un sindicalismo muy sano, un sindicalismo que se da cuenta de las realidades coyunturales de la Argentina y que muchas de las cosas que se conversaban en privado y no se decían en público, hoy salen a la luz. Algunas cosas hay que cambiar para permitir la incorporación de personas al mundo del trabajo. Muchas veces es difícil permanecer cómodo (en referencia a los gremios) o en una situación de comodidad cuando hay muchas otras personas que están incómodas. Hay personas en la informalidad y a través de los años no se ha logrado corregir este problema

P: Pero la CGT respondió llamando a una movilización el 18 en rechazo a la normativa….

J:C: Ellos tienen que tomar una posición de liderazgo en un determinado sector donde cuidan intereses propios e intereses en representación. Pero, cuando uno mira esta reforma, se ve que es una reforma completamente proactiva, es en beneficio del trabajador, es en beneficio del trabajo, es en beneficio de las pymes. Nosotros recibimos por parte del presidente de la Nación, Javier Milei, y de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y de todos los ministerios la indicación de buscar algo completamente beneficioso para la actividad en la Argentina. Esta no es una reforma que tenga algo oculto o que lleve alguna intención que no sea positiva para las personas.

P: ¿No quita derechos a los trabajadores?

J.C.: No, no, lo que tiene de magnífica esta reforma es que no quita realmente ningún derecho esencial a los trabajadores y, por otro lado, da y otorga derechos apuntando a generar empleo. Porque la verdad es que el primer derecho que tiene la persona es el derecho al trabajo y no se da cuando hay un régimen jurídico conflictivo o complejo como el que vivimos hasta hoy.

Derechos

P.: Hay mucha gente que tiene miedo porque se tiende a pensar que se van a perder derechos. ¿Usted diría que esta reforma laboral no toca los derechos actuales para los que hoy están en blanco y genera beneficios para los que hoy están en negro?

J.C.: Absolutamente. Por definición de tanto de la Ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, como del presidente Javier Milei, esta reforma laboral lo que busca es mantener los derechos esenciales de los trabajadores y permitirle a los trabajadores que hoy son informales o que ni siquiera tienen empleo, ingresar al mundo del trabajo de una manera sana, adecuada, prolija y que permite que los trabajadores tengan un futuro.

P: ¿Qué modifica la ley con respecto a lo que puede pasar en la justicia?

J.C.: El proyecto contempla que se cumpla o por lo menos se avance hacia el cumplimiento del mandato constitucional que la justicia local esté en el ámbito local de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

P.: ¿Cuáles son los puntos clave de esta reforma?

J.C.: En primer lugar, tratar de circunscribir distorsiones que fueron sucediendo a través del tiempo en interpretaciones judiciales de diversa índole que generan conflictividad, que se sanen para que la relación sea una relación confiable.

Lo segundo es bajar las cargas al trabajo que permita, tanto a los trabajadores que hoy tienen trabajo en blanco como aquellos que quieren y que deben acceder al mundo del trabajo, ingresar con un sistema laboral muchísimo más razonable y que tenga costos más acotados. Además, el mundo tiende hacia eso. Piensen que nosotros nos encontramos frente a los albores de la inteligencia artificial generativa y la robótica. Tenemos que pensar en el mundo que viene.

Luego se contempla un régimen de modernización en los convenios colectivos que son muy antiguos. Han quedado muchísimos de ellos con una aplicación que desfavorece o que complica. Y esto termina evitando el aumento de la actividad. Luego se da seguridad jurídica a otras formas laborales que ya la Organización Internacional del Trabajo aceptó perfectamente como los contratos autónomos.

Lo que digo es el trabajo que genuinamente es autónomo y fíjense que los jóvenes cada vez más quieren entrar con algún tipo de autonomía a la relación.

P.: ¿Podría definir qué es un trabajo autónomo que no signifique relación de dependencia, con un ejemplo?

J.C.: Esto es importantísimo. La relación de dependencia requiere dependencia jurídica, dependencia técnica y dependencia económica, estas tres condiciones juntas. Cuando alguna de esas no está, el trabajo es autónomo. Pero, a través del paso del tiempo existieron desvíos y todo entraba en la bolsa de la relación de dependencia provocando un estancamiento de las contrataciones. En la medida que no existen estas tres juntas, jurídica, económica y la dependencia técnica, no existe relación de dependencia.

Esto quiere decir: yo empleador voy a disponer de tu tiempo, soy yo el que te dice qué es lo que vos tenés que hacer en el tiempo en el cual vos lo pones a disposición mío. No podés hacer otra cosa, no podés trabajar para un competidor mío. Tenés que estar a disposición absolutamente. Eso es una relación de dependencia.

Por ejemplo, si yo brindo un asesoramiento, soy un profesional, independiente Eso es autónomo.

P: ¿Están dadas las condiciones para que se apruebe en el Congreso?

J.C.: Yo creo que sí. Creo que hoy, cuando uno mira el posicionamiento de la ciudadanía, está pidiendo desesperadamente que algo hagamos. Y nosotros, como servidores públicos que somos, no podemos mirar para otro lado. Esto es una obligación moral.

P: ¿Creen que puede salir antes de que termine este año?

J.C.: Eso ya va a depender del Poder Legislativo. Pero sí nosotros creemos que es un proyecto muy equilibrado, es un proyecto muy sano, un proyecto que recaba las necesidades de todas las partes, principalmente trabajadores, trabajadores jóvenes, trabajadores que realmente están fuera hoy del mundo formal. Y para los empresarios pequeños que realmente te dicen “mirá, si a mí me dan la oportunidad y me dan un poco de la confianza necesaria y la seguridad, yo tomo gente, yo me animo a tomar gente”. Y así crece la actividad.

P: La iniciativa dice que para el cálculo indemnizatorio no se incluyen aguinaldos u otros beneficios. ¿Puede clarificar cómo queda?

J.C: Sí, esto es una aclaración muy importante para hacer. Esto responde a la doctrina mayoritaria. O sea, no es más que evitar la litigiosidad. Esto está vigente hoy. No hay una sola quita de derechos indemnizatorios en la redacción del artículo 245. Simplemente es aclaratorio. Porque pasaba que alguna jurisdicción interpretaba otra cosa. Porque es un país federal, pero se debe aplicar la misma norma y existían lagunas jurídicas.

P.: Dicen que se atenta contra los aportes obligatorios y solidarios que recibían automáticamente los gremios, ¿considera que es una ley antisindical?

J.C.: Agradezco la pregunta porque para nosotros es muy importante destacar que esta es una ley en favor de, no una ley anti nada. Es pro trabajador, pro empresa y pro sindicato pensando en un sindicalismo absolutamente sano, un sindicalismo que ocupa el lugar que el sindicalismo tiene por propio nacimiento, que es el de la representación de los trabajadores y el ofrecimiento a los trabajadores en la libertad de afiliación de que esos trabajadores se acerquen al sindicalismo para que el sindicalismo los ayude. Esto es trabajar sobre la no obligatoriedad, la no imposición y trabajar realmente sobre la libertad.

P.: Con el banco de horas, ¿desaparecen las horas extras?

J.C.: Este tema es un pedido muy fuerte que tenemos principalmente de los más jóvenes. La jornada de trabajo conforme estaba especificada en la ley de contrato de trabajo actual y también en la ley de jornada de trabajo, es una jornada muy estricta, como la relación de dependencia llevaba a que la persona estuviera ahí y estuviera teniendo que quedarse sentada, aunque en ese momento no tuviera nada que hacer. Es el tiempo puesto a disposición del otro. O sea, ocho horas con posibilidad de nueve en la medida que se cumplan 48 horas semanales. El banco de horas lo que permite es, por ejemplo, “ yo quiero modificar mi jornada, va a ser jornada menor, una jornada que tenga menos horas”. De todas maneras, esto está pensado para que se realice por convenio colectivo.

Esto se puede hacer tanto de manera ya definida entre las partes, como de manera esporádica. Por ejemplo, quiero agregar a mis vacaciones dos o tres días, lo compenso después sin perder salario.

P.: ¿La hora extra va a seguir existiendo?

J.C.: Por supuesto, la hora extra sigue existiendo. Y si hubiera algún sistema de compensación de horas extras que se coordinara entre las partes, claramente va a ser con el valor de la hora extra incluida.

Vacaciones

P.: ¿Puede explicar el tema del fraccionamiento de las vacaciones?

J.C.: En la realidad esto era una petición absoluta de las personas que hoy tienen una dinámica muy diferente en su tiempo libre. Especialmente, nuevamente, los jóvenes además de un fin de semana se toman un lunes, un martes… Bueno, entonces, sí pusimos el límite de siete días más allá de lo que también puede compensarse con el banco de horas.

O sea, es un régimen que se junta una cosa con otra y con un límite de siete días mínimo, porque las vacaciones es un es un periodo diferente al del descanso de fin de semana.

Busca que sea un periodo mínimamente más prolongado para un descanso anual. Se permite este fraccionamiento que hoy en la práctica se ha usado y que muchas veces los empresarios no lo quieren dar, a pesar de que las dos partes quieran, por un temor a la prohibición, a una multa.

P.: ¿Se acaba la ultraactividad?

J.C: Digamos que se abre la puerta a que se modernicen los convenios y después cómo queda el convenio por actividad versus los convenios por región y convenios por empresa. Se modifica de dos formas. O sea, la ultraactividad tiene dos modificaciones. La primera es que para lo que se llaman cláusulas normativas, que son las que incorporan derechos o condiciones al contrato de trabajo, esas continúan vigentes, no terminan, salvo acuerdo de partes. Ahí lo que se hace para tratar de modernizar sanamente estos convenios va a ser llamar a las partes para que negocien de buena fe estas condiciones, en general, para las nuevas contrataciones sin perjuicio de lo que ya está incluido para las contrataciones que ya están.

Luego, las que sí se termina de la ultraactividad son las que se llaman obligacionales, que son todas esas otras cosas que se fueron agregando a través del tiempo que van en beneficio de un instituto, un aporte que va para un lado, para el otro, algo de capacitación, formación.

Eso se revisa todo de nuevo porque realmente muchas cosas han quedado a través del tiempo y se iban incorporando y esos son costos que a veces resultan eficientes y a veces no. Entonces, si las partes lo vuelven a negociar, se incorporan, si no lo vuelven a negociar, no.

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