Aún desconociendo el escenario que sobrevendrá tras el receso legislativo, por las posturas de sus aliados en la construcción de alternativas electorales, el Gobierno continúa anunciado proyectos a tratar desde agosto y esta semana presentó el proyecto de Inocencia Fiscal II, una renovación más profunda del régimen tributario que aprobó en el Congreso junto al Presupuesto 2026, en diciembre pasado.
La iniciativa se anota junto a otras reformas impulsadas por el Ministerio de Economía, como la reforma de la carta orgánica del BCRA o el Súper RIGI, y los proyectos que diseñó el Ministerio de Desregulación, como la ley Hojarasca y la de "Inviolabilidad de la Propiedad Privada".
La primera recepción de los aliados fue cauta al respecto de la ley. El PRO evitará pronunciarse hasta la próxima semana, mientras que el radicalismo le expresó a Ámbito que están "estudiando el proyecto conjuntamente todos los diputados de nuestro bloque". Desde los aliados provinciales, donde crece el malestar por la imposición sistemática de propuestas inconsultas, llegó la primera definición: "Hay malestar por la no exclusión de funcionarios familiares directos".
Luis Caputo y María Ibarzábal Murphy presentaron el proyecto de Inocencia Fiscal II.
Captura de pantalla
Rechazo opositor a Inocencia Fiscal II
Las voces más antagonistas de Provincias Unidas ya mostraron su rechazo a la propuesta del Gobierno. El bonaerense Pablo Juliano, quien recordó que "la primera 'Inocencia Fiscal' la metieron por la ventana en la madrugada del 18 de diciembre. En el recinto pedimos excluir a los funcionarios, pero no quisieron. ¿Qué pasó después? La usaron Adorni, Francos, Sturzenegger, Felipe Núñez y Espert. ¿Creen que el Gobierno recapacitó? No. La 'Inocencia Fiscal 2' sigue abierta para ellos. La doctrina Adorni sigue vigente: no declarar y evadir todo lo que se pueda".
Así también se posicionó el santafesino Esteban Paulón, quien en sus redes sociales calificó que la intención apunta "más impunidad y menos transparencia": "La ley no puede ser un salvavidas para los poderosos". El diputado también recordó su proyecto que busca modificar el artículo 38 de la ley 27.799 del Régimen de Inocencia Fiscal para excluir de este régimen a funcionarios de todos los poderes del Estado y sus familiares directos desde 2 años antes de ingresar a la función pública.
Dentro del peronismo, la primera reacción fue la del santafesino Agustín Rossi, quien calificó al intento como "vergonzoso" porque "beneficia a funcionarios y políticos". "No solo premian a los grandes evasores, ahora también habilitan un régimen para quienes ejercen la función pública. Los que venían a convertir la moral en política de Estado son, en realidad, profundamente amorales", dijo en sus redes sociales y remató: "Otra ley hecha a medida".
Entrevistado en Gelatina, el entrerriano Guillermo Michel consideró que al proyecto no "lo hicieron los funcionarios públicos, sino los estudios de abogados" y sostuvo que "es inconstitucional" porque "el Estado no puede renunciar a su facultad de fiscalización". En sintonía, desde el Senado la bonaerense Juliana Di Tullio elevó una propuesta para derogar los artículos 38, 39, 40, 41 y 42 de la ley 27.799 del Régimen de Inocencia Fiscal, que ofrecen garantías fiscales y penales de los contribuyentes ante sus declaraciones juradas simplicadas y restringe las inspecciones de períodos ya aceptados por el fisco.
La oposición busca frenar un nuevo intento tributario libertario.
Mariano Fuchila
Los puntos clave del proyecto de Inocencia Fiscal II
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Rectificación de las declaraciones juradas: los contribuyentes podrán corregir diferencias o inconsistencias sin quedar automáticamente excluidos del régimen simplificado.
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Conservación de los beneficios: quienes regularicen su situación podrán mantener las ventajas contempladas por el sistema.
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Eliminación de topes: el proyecto propone quitar los límites actualmente vigentes vinculados con las diferencias detectadas por ARCA.
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Mayores exigencias para ARCA: el organismo solamente podrá cuestionar una declaración jurada si demuestra, mediante información objetiva, la existencia de diferencias significativas.
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Presunción de exactitud: los contribuyentes alcanzados por este principio tendrán mayores garantías frente a posibles fiscalizaciones del organismo recaudador.
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Tratamiento especial para los fondos: hasta el 31 de diciembre de 2027, el dinero utilizado por quienes estén alcanzados por la presunción de exactitud conservará las condiciones previstas por la normativa.
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Exención de multas: la iniciativa contempla que determinadas sanciones no sean aplicadas a quienes hayan regularizado previamente ajustes en los impuestos a las Ganancias o al Valor Agregado (IVA) y adhieran al régimen simplificado.
Proyecto completo de Inocencia Fiscal II
Por Fernando Brovelli.-