El procurador Esteban Righi le aconsejó ayer a la Corte Suprema de Justicia que convalide la decisión del Congreso de rechazar el diploma de Antonio Domingo Bussi como diputado nacional. El procurador sostuvo que el veto, no se fundó en posturas políticas autoritarias sino en la inhabilidad moral del tucumano para acceder a un escaño.
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De esta forma recomendó revocar un fallo de la Cámara Electoral que le había permitido a Bussi acceder al cargo de diputado, pero que en la práctica nunca se concretó porque fue dictado quince días después de terminado el mandato para el que había sido electo.
Esta es la tercera oportunidad en que la Corte Suprema deberá emitir una definición judicial sobre la situación del ex gobernador que se encuentra bajo arresto domiciliario por violaciones a los derechos humanos. La primera vez Bussi acudió al alto tribunal luego de agotar las instancias correspondiente en el Congreso. Recibió como respuesta de la Corte que las decisiones del Poder Legislativo no eran materia judiciable. En ese fallo, los jueces supremos validaron la tesis de que la resolución respecto de los títulos de los electos para el desempeño de funciones políticas del gobierno nacional, está reservada por la Constitución al Congreso.
En la segunda intervención, la Corte declaró abstracto el recurso presentado por Bussi, porque cuando dictó sentencia ya había vencido el plazo de mandato por el que el tucumano solicitaba si incorporación a la Cámara de Diputados. En la sesión del 1 de diciembre de 1999, el diploma de Bussi fue rechazado porque, al momento de incorporarse «continuaba cometiendo el delito permanente de desaparición forzada de personas, por los altos cargos que ostentó entre 1975 y 1981, período en que se produjeron 680 desapariciones», dijeron los legisladores.
•Imprescriptible
En esa resolución los diputados remarcaron que la desaparición forzada de personas «es un delito que no prescribe», en concordancia con lo que prevé la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, suscripta por la Argentina. Y subrayaron que «el señor Bussi tiene causas pendientes en calidad de imputado por el delito de sustracción de menores, excluido de la Ley 23.342.Y, si bien fue beneficiado por la denominada Ley de Punto Final, por la cual el Estado declinó la pretensión judicial penal, ello no entorpece a la viabilidad del juicio efectuado por el órgano político, porque son actuaciones que discurren por carriles diferentes».
El dictamen de ayer de Righi se convirtió en el tercer pronunciamiento que existe en torno de la cuestionada banca. El procurador admitió el recurso de Bussi, pero rechazó la pretensión del legislador de declarar inconstitucional la decisión de una de las Cámaras del Congreso.
Por el contrario, Righi opinó que la Cámara de Diputados «está facultada para excluir a uno de sus miembros» si este no satisface los requisitos establecidos en el texto constitucional. Así sostuvo que la resolución respecto de los títulos de los electos para el desempeño de funciones políticas del gobierno nacional, está reservada por la Constitución al Congreso de la Nación. «El art. 64 de la Constitución nacional le asigna a cada Cámara el rol de «juez» para expedirse sobre la validez de las «elecciones, derechos y títulos» y para ello utiliza un vocablo muy claro y preciso, que no requiere de una actividad hermenéutica importante», señaló.
Como Diputados, Righi recordóque la Constitución nacional-«prohíbe que una persona que participó de un golpe de Estado que subvirtió el orden constitucional o que lo consintió ocupando cargos públicos de suma trascendencia -tal el caso del nombrado que fue interventor de la provincia de Tucumán-no resulta idóneo moralmente para ocupar un cargo público en períodos democráticos, máxime cuando está demostrado que ese régimen fue responsable de múltiples violaciones de derechos humanos fundamentales».
De esta forma sostuvo que el rechazo del diploma no se fundó en posturas políticas autoritarias, sino en la inhabilidad moral de Bussi para acceder al cargo de legislador.
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