¿Qué dice el nuevo Código Penal sobre el aborto no punible?
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En 2012 el máximo tribunal sentó jurisprudencia al declarar que las mujeres violadas, sean normales o insanas, podrán practicarse un aborto sin necesidad de autorización judicial previa ni temor a sufrir una posterior sanción penal. Esa decisión se tomó en el caso de una adolescente de 15 años, identificada como A.G. para preservar su intimidad, que había sido abusada por su padrastro, un oficial mayor de la policía de Chubut. Ahora los integrantes de la Comisión incorporando ese fallo al anteproyecto de ley, donde casi 900 leyes se sistematizarán en 550 artículos.
En concreto, Borinsky dijo que el aborto "no va a ser punible cuando se verifique abuso sexual o peligro para la vida de la mujer, su integridad o peligro para su salud física o mental", conforme al estándar de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
El magistrado aclaró que en los casos de interrupción voluntaria del embarazo "no va a haber sanción a la mujer, porque por fuera de los casos de excepción, el juez podrá dejar en suspenso la punibilidad o eximirla de un sanción penal". Así, las penas menores a tres años podrían ser sustituidas por actividades obligatorias en una entidad de bien público.
Según el titular de la Comisión redactora del texto que será presentado el 21 de agosto próximo, la posibilidad de no condenar a la mujer es otra de las modificaciones que se introduce para abarcar "los intereses de toda sociedad" argentina. "En los casos que hoy están previsto como delitos, que no tienen ningún supuesto de excepción, el juez podrá eximir de pena, o también teniendo en cuenta las particularidades, dejarla en suspenso o algún tipo de tarea comunitaria para las mujeres", indicó.
Al ser consultado sobre si un juez de Formosa o Córdoba puede, quiere o desea igualmente penalizar a la mujer que se realizó un aborto, Borinsky dijo que sí. "Efectivamente", respondió y agregó que en los últimos 10 años según las estadísticas del Ministerio Público Fiscal se detectaron unos 60 o 70 casos judiciales. "Va a ser el juez el que determine el supuesto de excepción y dejar eximida de pena, o sea que no tenga sanción penal", insistió.
En este marco, aclaró que el delito de aborto seguirá penado y tendrá sus consecuencias el médico o quién lo ejerza. "Seguirá penalizado tal como se venía haciendo", señaló.
El magistrado también reveló que se incluirá la figura de la "violencia obstétrica" en el nuevo Código. "Era otro de los temas importantes, que tiene que ver con las nuevas tendencias", explicó.
Además de Borinsky, la Comisión está conformada por el fiscal Pablo Nicolás Turano; el director nacional de Política Criminal en materia de Justicia y Legislación Penal, Carlos Mauricio González Guerra; los camaristas Carlos Alberto Mahiques y Patricia Marcela Llerena; el procurador general de Salta, Pablo López Viñals; el juez de tribunal oral Guillermo Jorge Yacobucci; los secretarios letrados de la Procuración General de la Nación, Fernando Jorge Córdoba, y de la Corte Suprema de Justicia, Patricia Susana Ziffer, y los representantes del Ministerio de Desarrollo Social, Yael Bendel, y del Ministerio de Seguridad, Guillermo Soares Gache.
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