31 de mayo 2005 - 00:00

Queja de hija de militar asesinado

«Escribo no solamente como hija de un militar secuestrado y asesinado, sino como una simple ciudadana en un gobierno democrático, en el que deben escucharse todas las opiniones.» Quien así se expresa en una carta hecha llegar a este diario es María Susana Larrabure, hija del coronel Argentino del Valle Larrabure, asesinado por la subversión terrorista en los '70, después de más de un año de tenerlo enterrado, preso en una llamada «cárcel del pueblo».

Continuando la saga iniciada por María Cecilia Pando de Mercado, esta hija del militar asesinado advierte que siguen sin respuesta sus cartas del 22 y el 25 de octubre de 2004 a la Subsecretaría de Derechos Humanos (Eduardo Luis Duhalde) y a la Secretaría de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos (Alberto Iribarne), a fin de «solicitar un espacio para la memoria y la promoción de los derechos humanos en la ESMA para mi padre», en un proyecto que lleva su nombre.

Señala que «hasta el día de la fecha (ayer) no obtuve respuestas. ¿Será que los derechos humanos no se pueden aplicar a todos por igual...? ¿O no se aplican para los que vistieron uniforme militar? ¿Cuándo se hará justicia?», se pregunta. Agrega que «tampoco fue respondida, ni siquiera con una respuesta negativa, mi carta al excelentísimo presidente de la Nación con fecha 30 de mayo de 2004».

Continúa María Susana Larrabure interrogándose: «¿O es que nada más se verá la constitucionalidad de las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida y no la de amnistiar a altos jefes guerrilleros?». Apunta a continuación a un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia, lo mismo que a la adhesión constitucional de la Argentina a la Corte Penal Internacional, donde un connacional como Luis Moreno Ocampo ocupa la función de fiscal. Dice esta hija que « estos indultos violan la obligación que el derecho internacional impone a los Estados respecto de procesar y condenar a los culpables de crímenes de 'lesa humanidad', como son los terroristas. Particularmente a la luz que brinda la llamada 'jurisdicción universal' y, más aún, la Resolución 1.373 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas».

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