12 de agosto 2011 - 21:59

Ratifican inhabilitación de Adolfo Rodríguez Saá, aunque boletas estarán en las mesas

Adolfo Rodríguez Saá
Adolfo Rodríguez Saá
El precandidato a gobernador bonaerense por Compromiso Federal, Adolfo Rodríguez Saá, recibió un nuevo revés judicial en el conflicto abierto en torno a su postulación en la Provincia, cuando un juez local no hizo lugar a una medida cautelar en la que planteaba su habilitación.

No obstante, otro magistrado federal dispuso que los votos que tenga su candidatura sean tomados como válidos, hasta tanto se expida la Suprema Corte sobre la cuestión de fondo que dio origen a la demanda del precandidato.

En primer término, la Justicia en lo Contencioso Administrativo de La Plata rechazó la cautelar interpuesta por los apoderados de Compromiso Federal contra la resolución de la Junta Electoral bonaerense, que el martes pasado inhabilitó la candidatura de Rodríguez Saá a gobernador provincial por no cumplir con el plazo de residencia exigido por la ley y ser incompatible con su postulación como senador nacional por San Luis.

Pese a esa decisión, la boleta de Rodríguez Saá estará presente en las urnas el próximo domingo y los votos que se emitan hacia esa fuerza serán considerados válidos hasta que la Suprema Corte resuelva si cumple con el requisito de residencia exigido por la ley.

La resolución del titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de La Plata Luis Arias, se sumó a la dictada por el Juzgado Civil y Comercial Nº 9, a cargo de Miriam Cellie, quien también desestimó una medida cautelar de Compromiso Federal.

En su fallo, Arias ratificó los fundamentos expresados por la Junta Electoral bonaerense, quien había inhabilitado al actual senador puntano por no cumplir con el requisito de contar con "cinco años de domicilio en la Provincia, con ejercicio de ciudadanía no interrumpida" para aquellos postulantes en un cargo electivo que no hayan nacido en el distrito.

Arias subrayó que Rodríguez Saá "de acuerdo a la documentación obrante nació en Cantal, provincia de San Luis, y registró domicilio en forma ininterrumpida" en esa localidad.

"El actor no acredita ni intenta acreditar un tiempo mínimo de residencia en la provincia que le permita un conocimiento acabado de la coyuntura local, más aun teniendo en consideración la distancia geográfica existente con la provincia en la cual reside y las diferentes problemáticas inherentes a cada una de ellas", sostiene Arias.

Esta tarde, además, la Suprema Corte rechazó el recurso de queja del candidato al esgrimir razones formales, ya que no adjuntó el recurso que le denegó la Junta ni especificó los motivos por los cuales se presentó en el alto tribunal.

Frente a la sucesión de reveses judiciales, el candidato recibió una buena noticia: el juez federal Manuel Blanco dispuso que los votos que tenga su candidatura sean tomados como válidos, hasta tanto se expida la Suprema Corte sobre la cuestión de fondo que dio origen a la demanda del precandidato.

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