5 de junio 2003 - 00:00

Senado: banca de la minoría en Capital irá al peronismo

La Justicia le puso fin a la incertidumbre que existía sobre la «propiedad» de la tercera banca en el Senado por la Capital Federal. Después de 18 meses de indefinición, conjueces de la Corte Suprema de Justicia ratificaron ayer la decisión de la Cámara Nacional Electoral, que había sostenido que la banca correspondía al partido Nueva Dirigencia, de Gustavo Béliz, y no al fallecido socialista Alfredo Bravo.

Tras el fallo, la banca vacía de senadores será ocupada por María Laura Leguizamón, suplente de Béliz, hoy ministro de Justicia y Seguridad del gobierno de Néstor Kirchner.

Los conjueces fallaron a favor de Béliz (por cinco votos contra cuatro), luego de retomar la reunión que habían interrumpido el viernes pasado, cuando no consiguieron llegar a un acuerdo sobre a quién correspondía la banca.

Desde marzo pasado los conjueces intentaban dilucidar la cuestión, pero reiteradamente fracasaron en sus pretensiones, por distintos vericuetos judiciales.

Los convocados para resolver la cuestión fueron los presidentes de cámaras federales Guillermo Galli, Ana María de Durañona y Vedia, Mirta Tyden de Scanata, Antonio Pacilio y Alejandro Tazza (a favor de Béliz) y Eduardo Vocos Conesa, Juan Carlos Poclava Lafuente, Ricardo Planes y Enrique García Víctor (en contra).

En las elecciones de 2001, el socialista Bravo había obtenido mayor cantidad de votos que sus contrincantes, porque sumó los sufragios del ARI y de Nuevo Espacio, agrupación encabezada por Juan Carlos Dante Gullo. En cambio, sólo podía obtener Béliz la banca si se computaban uninominalmente los partidos o alianzas que postulaban a uno y a otro.

La Junta Electoral otorgó la victoria a Bravo, pero posterior-mente la Cámara de Apelaciones del fuero consagró senador por la Capital a Béliz, argumentando que la Constitución
«habla de partidos y no de candidatos».

• Recusación

Según ese criterio, si bien Bravo reunió más voluntades, el ARI y Nuevo Espacio, tomados individualmente, no se impusieron a Nueva Dirigencia, la agrupación encabezada por Béliz.

El tema llegó a la Corte Suprema impulsado por Bravo, quien, además, recusó a los ministros del alto tribunal, contra quienes presentó diversos pedidos de juicio político.

El procurador general de la Nación,
Nicolás Becerra, emitió un dictamen favorable a la concesión de la banca a la cantante de tango Susana Rinaldi, suplente de Bravo, aunque su opinión no fue vinculante para los conjueces.

Leguizamón y Rinaldi
se disputaron el escaño tras la renuncia a la pretensión de llegar al Senado de Béliz para asumir como ministro de Justicia, y el fallecimiento de Bravo semanas atrás.

El conjuez Galli le dijo ayer a este diario que se llegó a esta definición luego de una
«interpretación armónica» de la Constitución que establece «claramente» que no es a la persona, sino a los partidos a quien corresponde la banca.

«Para el caso de los senadores predomina el partido, y para la presidencia la fórmula. No puede sino concluirse en que la tercera banca de senador de cada distrito corresponde al partido político, tal como lo establece el artículo 54 de la Constitución»
, sostuvo el conjuez.

En su resolución de 15 carillas, los conjueces de la Corte Suprema de Justicia sostuvieron los siguiente:

• No se ha demostrado que la alianza Alternativa para una República de Iguales y el partido Nuevo Mileno hubieran celebrado una confederación o alianza transitoria.

• La Constitución nacional se refiere a fórmulas de candidatos sin siquiera mencionar a los partidos políticos y determina que la tercera banca de senador se asigna al partido político que siga al primero en número de votos.

• Para que exista la posibilidad de que dos fuerzas unan sus votos a favor de un candidato es preciso que hayan formalizado el acuerdo entre ellas con la constitución de una alianza, según la Ley 23.298.

En su fallo, los conjueces también dedicaron un párrafo para replicar la postura de Becerra en cuanto a que en una democracia electoral
«las sentencias deben concretar el ideal de Justicia sin sustituir ni desconocer la voluntad popular ni crear, de manera artificial y arbitraria, gobiernos que no reflejan la verdadera opción del cuerpo electoral».

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