16 de septiembre 2002 - 00:00

La Justicia porteña condena sólo a 1% de los infractores

Cuatro años después de entrada en vigencia del Código de Convivencia Urbano y de la desaparición de los edictos policiales que tuvieron vigencia por más de 40 años la aplicación de las leyes de la Ciudad todavía siguen generando polémica.

Y la controversia tiene algunos fundamentos. Sólo 1 por ciento de los porteños que cometieron infracciones en la Ciudad de Buenos Aires fue condenado. De ellos la mayoría fue sancionada con apercibimiento, multas y trabajos de utilidad pública.

En la Ciudad existe una cárcel -cuyo mantenimiento demanda 15 mil pesos por mes-que no tiene presos. Pese a que 300 guardicárceles fueron entrenados para llevar a cabo esas funciones.


La discusión sobre la «utilidad» o no del Código para enfrentar la creciente violencia la volvió a instalar días atrás el jefe del la Policía Federal, Roberto Giacomino, cuando reclamó la vuelta de los edictos policiales que otorgaban facultades especiales a la Policía para detener a los infractores.

La postura del jefe policial disparó opiniones de distinto calibre y hasta mereció la intervención del ministro de Justicia y Seguridad, Juan José Alvarez, que la desautorizó.

Algunos de los expertos en temas de seguridad le dan la razón a Giacomino y si bien prefieren no darles el nombre de «edictos» sostienen que la Ciudad debe tener leyes aggiornadas a los nuevos tiempos. Incluso magistrados del fuero porteño reconocen (en voz baja) que el Código de Convivencia «no es lo mejor», pero sostienen que puede ser «corregible».

Según el relevamiento del Consejo de la Magistratura porteño 85% de las contravenciones que se cometen en la Ciudad es por obstrucción a la vía pública, por demanda de sexo y por ensuciar los bienes públicos y privados.

Durante el año 2001 se labraron
89.227 actas contravencionales, pese al número sólo recibieron condena 711 personas, es decir 1% de los infractores, la mayoría de ellos por faltas tan disímiles como instalar puestos de ventas en la calle (190 casos), ofrecer sexo en la vía pública (60 personas) o por ensuciar bienes. Otras de las infracciones más comunes tiene que ver con los ruidos molestos y el suministro de alcohol a menores.

Sin embargo,
las actas labradas por la Policía Federal y las denuncias ante la Fiscalía de Cámara superan ampliamente el número de causas sobre las que entienden los juzgados.

Desde la Justicia porteña se argumenta que esto se debe a tres situaciones diferentes: una causa puede incluir varias actas o denuncias que corresponden a un mismo autor; muchas de las contravenciones son resueltas en juicios abreviados y porque existe un número importante de actas que son desechadas por errores en su confección o por falta de requerimiento fiscal.

La pena más utilizada fue el apercibimiento, 37%; multa, 29,7% y trabajos de utilidad, 14,6%; y sólo 2,2%, con la pena de arresto
.

«El apercibimiento es la pena más leve y la más utilizada porque las sanciones deben guardar proporcionalidad con los daños infringidos y generalmente las contravenciones más usuales no son graves», explicó
Gloria Bonato, vice-presidenta del Consejo de la Magistratura porteño.

En cuanto a la baja cantidad de infractores que reciben una condena de arresto, Bonato remarcó que esta sanción está pensada como la última razón a ser utilizada.
«Es para aquellos que no han cumplido con el resto de las penas o para los casos de contravenciones taxativamente establecidas en la ley», tales como las relacionados con la portación de armas, profanación de sepulcros, cruce de barreras bajas o semáforo en rojo.

Según el código el arresto puede ser domiciliario, si el juez así lo dispone, o fraccionarse para que sea cumplido los días feriados o no laborales.

«Cuando hablamos de un infractor, hablamos de una persona que no es un delincuente
. Uno puede estar lejos a lo largo de su vida de cometer un delito, pero está todo el tiempo expuesto a cometer contravenciones. De hecho cualquiera de nosotros puede cometer una contravención cuando realiza una fiesta en su casa y generar ruidos molestos por el volumen de la música. Sin querer, por eso, perjudicar a los vecinos. Por lo tanto no parece adecuado inferir negativamente con su actividades habituales, esto es a la posibilidad de que sigan trabajando o estudiando», sostuvo Bonato.

Sin embargo, una gran mayoría de vecinos porteños no está muy de acuerdo con el Código de Convivencia, y hace algunos meses se pronunciaron en la Legislatura porteña a favor de una reforma.

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