11 de mayo 2001 - 00:00

Molestó a jueces ley de Diputados

Causó mucho malestar ayer en los jueces la decisión de los Diputados de otorgar facultades al Consejo de la Magistratura para controlar el contenido y los fundamentos que motivan a un juez a prorrogar la prisión preventiva de un detenido o bien el cese de la misma.

El tema fue intensamente discutido ayer en ámbitos de la Justicia, e inclusive generó un pedido de audiencia al presidente Fernando de la Rúa. «Nosotros vamos a pedirle al Presidente que vete este artículo porque nos parece improcedente», le dijo a Ambito Financiero el vicepresidente de la Asociación de Magistrados, Luis María Cabral.

La lectura que hacen los jueces es similar a la que hicieron los senadores hace una semana cuando decidieron desterrar el polémico artículo 9º del proyecto de ley que fue enviado por la Cámara de Diputados. Entienden que hay una «injerencia administrativa» en los procedimientos judiciales, ya que existe un Tribunal Superior para controlarlos.

La ley sancionada en la noche del miércoles por la Cámara de Diputados obliga al Consejo de la Magistratura a controlar a los jueces que no cumplan con el plazo de dos años para terminar con los procesos y dictar sentencia. También obliga a los magistrados a brindar un detallado informe sobre las causas por las cuales no dictan sentencia en el plazo dispuesto para la prisión preventiva.

Pero no es esto lo que molesta a muchos magistrados. Sino que entienden, que su independencia como jueces se ve atacada, así como también su soberanía para adoptar decisiones.

Temen que el Consejo de la Magistratura termine convirtiéndose en un organismo que sea utilizado para definir (en base a los fallos y al registro de causas) qué juez merece ser sancionado, y eventualmente despedido por mal desempeño de sus funciones, negligencia o irregularidades.

Se sostiene que el contenido de la sentencia (cualquiera que fuere) no puede ser materia de responsabilidad disciplinaria. Y es unánime la opinión (a nivel internacional) sobre la condición de los jueces de que no pueden ser perseguidos por el contenido de sus decisiones, salvo que impliquen delito.

También se miden las derivaciones políticas. Hasta ahora el Consejo de la Magistratura no ha tenido protagonismo clave en temas de alta repercusión institucional. Pero, ¿qué pasaría si sobre sus escritorios recayera la responsabilidad de decidir sobre los plazos de una sentencia que tiene fuerte injerencia en la vida institucional del país?. (Por caso se menciona, lavado de dinero, contrabando de armas, o algún otro). Se cree que esta situación podría dejar al Consejo de la Magistratura como «rehén político» desvirtuando la génesis de su creación.

Como alternativa válida también, aparece la posibilidad de que algún juez declare inconstitucional este artículo.

Otro de los elementos que se evalúan tienen que ver con la situación del Consejo de la Magistratura, con 90 concursos atrasados. Y se preguntan, con este panorama: ¿podrá absorber una función más?

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