15 de septiembre 2016 - 00:00

Secreto fiscal: desprocesaron a Echegaray

 La Sala I de la Cámara Federal revocó ayer el procesamiento que le había dictado el juez Claudio Bonadio contra el extitular de la AFIP, Ricardo Echegaray, por los delitos de violación de secreto y falso testimonio en el marco de una causa iniciada en 2014 por denuncia del actual ministro de Hacienda y Finanzas del Gobierno de Mauricio Macri, Alfonso Prat Gay. Ese procesamiento le había valido al exfuncionario una catarata de cuestionamientos que forzaron su renuncia como titular de la Auditoría General de la Nación (AGN). La resolución fue adoptada por los camaristas Jorge Ballestero y Eduardo Freiler, quienes también revocaron los procesamientos de Pedro Roveda y Horacio Curien y los sobreseyeron.

Prat Gay en la presentación ante Bonadio había dicho que el delito de los exfuncionarios públicos fue el de haber realizado la denuncia judicial por el caso de las 4040 cuentas del HSBC mintiendo al imputarle a Amalia Lacroze de Fortabat y su nieta, Amalia Amoedo, y a él como apoderado, el delito de evasión tributaria. Echegaray fue procesado en su momento como instigador por haber impulsado a los funcionarios de la AFIP a hacer la denuncia respecto de Prat Gay. Curien y Roveda fueron considerados co-autores del delito de falso testimonio. Echegaray también había sido procesado por violación de secretos, porque el juez consideró que el funcionario violó los términos del tratado con Francia respecto de los datos aportados por ese país sobre posibles evasores argentinos.

Pero la Cámara Federal revocó ese fallo y sostuvo que "el hecho de que la denuncia en cuestión culminara con el dictado del sobreseimiento del denunciado en modo alguno permite colegir, sin más, que los denunciantes han cometido el delito de falso testimonio, menos aún en un caso como el que aquí nos ocupa, que involucra una importante cantidad de hechos y actores y que concierne al despliegue de maniobras de gran complejidad"

En relación con el delito de violación de secreto, los camaristas consideraron que no se advierte "ningún delito penal" por haber utilizado la información enviada a la AFIP para la radicación de una denuncia que, "no está de más destacar, aún se encuentra en trámite registrando la convocatoria a una gran cantidad de personas" a declaración indagatoria. Para la Cámara, usar "información remitida por Francia para elaborar la denuncia presentada en el fuero penal económico" estaba contemplado dentro de las excepciones a la obligación de guardar secreto, por lo cual no hubo delito.

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