Tarifazo de luz: la Corte revocó la cautelar y habilitó los aumentos
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En otra resolución, la Corte rechazó su intervención en la causa por el aumento de la tarifa de energía eléctrica "Fernández, Francisco Manuel y otros", que fuera enviada por la jueza Martina Forns, titular del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín.
El Máximo Tribunal dispuso la devolución del expediente a la magistrada y le encomendó "que, sobre la base de las rigurosas exigencias vigentes en materia de procesos colectivos según los recordado por el Tribunal en el pronunciamiento mencionado (Halabi), verifique la subsistencia de los presupuestos que habilitan su intervención en el proceso y, en su caso, adopte las decisiones que correspondan con arreglo al estado de la causa".
• Las resoluciones cuestionadas
En los últimos días de enero, a poco más de un mes de asumir el gobierno de Mauricio Macri, el Ministerio de Energía y Minería de la Nación dictó varias resoluciones, por las que dispuso un incremento de la tarifa de energía eléctrica que deben afrontar los usuarios para acceder el valor por consumo de ese servicio, que se comenzó a aplicar a partir del 1 de febrero.
El Gobierno había asegurado que el aumento de tarifas no sería de grandes proporciones. De hecho, el ministro de Hacienda y Finanzas, Alfonso Prat Gay, afirmó que equivaldría "a dos pizzas". Sin embargo, las facturas no reflejaron eso y los usuarios debieron afrontar liquidaciones con aumentos superiores a 700%.
Al igual que con lo sucedido con el gas, el malestar generalizado, tanto entre usuarios residenciales como comercios e industrias, obligó al Ejecutivo a reconocer los errores en la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios y a recalcular su estrategia. Las críticas apuntaron principalmente al titular del área energética, Juan José Aranguren.
• La postura de Gils Carbó
Antes, la Procuradora Alejandra Gils Carbó resolvió a favor de confirmar la medida cautelar que suspendió los aumentos en las tarifas de luz para la provincia de Buenos Aires.
Gils Carbó consideró que la falta de audiencia pública restringió los derechos constitucionales de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores, misma línea argumentativa que utilizó cuando dictaminó contra el tarifazo del gas. El dictamen hizo hincapié en el carácter provisorio de la medida, cuyo plazo se limita a tres meses desde el otorgamiento -vence el 7 de octubre- y en las presentaciones realizadas por otros actores en la causa y en distintos expedientes referidos al mismo tema.
Estas medidas, indicó Gils Carbó, "dispusieron un cambio en el financiamiento del esquema tarifario del servicio de energía eléctrica [...]. De modo similar a lo decidido en el ámbito del servicio básico de gas, se puso en marcha un cambio de un sistema en el cual el Estado asumía un rol central al sostener la generación, distribución e inversión a través de subsidios, a un régimen donde estos conceptos se trasladan sustancialmente, en forma directa, a los usuarios y consumidores".
Luego, destacó que la parte actora había sostenido que "los hogares que consumen hasta 300 kWh por bimestre deben afrontar aumentos cercanos al quinientos cuarenta por ciento (540%); los que consumen hasta 1.000 kWh, incrementos superiores al setecientos por ciento (700%); y los que consumen más de 1.000 kWh, aumentos de menos del quinientos por ciento (500%) [...]. Además, afirmó que los usuarios comerciales e industriales deben afrontar aumentos que rondan entre el seiscientos por ciento (600%) y el setecientos cincuenta por ciento (750%)".
El dictamen explicó que "a los efectos cautelares, resulta relevante ponderar que la cuantía de tales aumentos no fue controvertida por el Estado Nacional y por el ENRE, quienes tampoco proporcionaron información sobre el impacto de las nuevas medidas en las facturas finales de los usuarios y consumidores".
De esta manera, la titular del MPF opinó que la resolución de la Cámara de La Plata fue acertada porque "se encuentran reunidos los presupuestos para suspender cautelarmente las mencionadas resoluciones en tanto fueron adoptadas sin la previa celebración de una audiencia pública".
• El fallo por el gas
Semanas atrás, la Corte había dado un revés al Gobierno al suspender el tarifazo del gas para los usuarios residenciales y ordenó la realización de una audiencia pública, que se llevará a cabo el próximo 16 de septiembre.
Tras ese fallo, el Gobierno revaluó el esquema de aumentos y ahora busca establecer aumentos promedios de 203%, que luego tendrán una revisión semestral todos los años hasta 2019.
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