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8 de octubre 2026 - 20:33

La Pampa presentó su propia ley de Tierras y advirtió por la "inexistencia" de normativa nacional

El proyecto fue remitido a la Legislatura por el gobernador Sergio Ziliotto. Determina un tope de extranjerización del 15% tanto a nivel provincial como a nivel departamental. Qué dice la iniciativa.

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El gobernador Sergio Ziliotto remitió el proyecto a la Legislatura de La Pampa.

Sebastián D. Penelli

Tras el fallo de la Corte Suprema, el gobernador de La Pampa, Sergio Ziliotto, envió a la Legislatura un proyecto de ley de Tierras Rurales que establece un marco normativo provincial "ante la inexistencia de regulación nacional en la materia".

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La iniciativa establece la prohibición absoluta de venta de tierras, que incluyan recursos naturales estratégicos (ríos, acuíferos, lagunas, humedales, bosques nativos) o ubicadas en áreas protegidas, a personas físicas y jurídicas extranjeras.

También restringe totalmente la titularidad de tierras rurales por parte de Estados extranjeros y empresas con participación estatal extranjera.

Por otra parte, limita la titularidad y posesión de tierras rurales por parte de personas físicas y jurídicas extranjeras en el territorio provincial. Para ello fija un máximo de hectáreas a poseer según parámetros de productividad de cada zona, que va desde las 1.000 hasta las 20.000 hectáreas.

Adicionalmente, se determina un tope de extranjerización del 15% tanto a nivel provincial como a nivel departamental y, de ello un 30% de una misma nacionalidad.

La limitación a personas extranjeras no se aplicará cuando tengan 10 años de residencia, o 5 años de residencia y tengan hijos argentinos o demuestren matrimonio o unión convivencial con ciudadana/o argentina/o de 5 años como mínimo.

Jurídicamente se fundamenta en competencias provinciales -específicamente las vinculadas al poder originario y no delegado al Gobierno federal, como el uso del suelo, y al dominio originario de sus recursos naturales- previstas en los artículos 121 y 124 de la Constitución Nacional.

Complementariamente, la iniciativa legislativa se enmarca los artículos 18 y 33 de la Constitución de La Pampa, que establecen la obligación del Estado de preservar el ambiente, dotan a la propiedad de una función social y subordinan su explotación a la conveniencia de la comunidad, respectivamente.

Este proyecto legislativo toma antecedentes de la derogada Ley Nacional n° 26.737 (Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales) y establece un andamiaje de control provincial ante la inexistencia de normativa nacional en la materia.

La propuesta tiene antecedentes en decisiones internacionales. La extranjerización de tierras rurales en el mundo se encuentra regulada a través de diversos límites y prohibiciones de adquisición, tal como en los modelos de Brasil, Uruguay, Paraguay, México, Ecuador, Perú, en algunos Estados Federales de EEUU y Canadá, Suiza, Austria, Hungría, Australia, Nueva Zelanda, China, Tailandia, entre varios.

La corte suprema maniobra por la ley de Tierras

Como contó Ámbito, tras su fallo, la Corte Suprema aceleró los tiempos para avanzar con el expediente que podría volver a poner en discusión la derogación de la ley de Tierras impulsada por el DNU 70/23 de Javier Milei.

A través de una resolución firmada este miércoles, el alto tribunal dispuso que el plazo para que quede consentida la incorporación de los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci sea de apenas 24 horas, cuando el plazo habitual era de 72 horas.

La decisión adquiere relevancia porque el expediente incluye un pedido de medida cautelar que podría volver a poner en vigencia las restricciones para la compra de tierras rurales por parte de extranjeros.

La resolución de la Corte es breve, pero contiene una frase que explica la urgencia con la que se está tramitando el caso. El tribunal sostuvo que, “en atención a las particulares circunstancias de la causa”, correspondía abreviar el plazo para consentir la nueva integración.

En concreto, notificó a las partes que Barroetaveña y Pérez Curci “han aceptado el cargo” y estableció que el plazo para cuestionar esa integración será de 24 horas.

Además, la Corte ordenó: “A ese solo efecto, habilítanse días y horas inhábiles”.

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