28 de noviembre 2005 - 00:00
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Descentralización
Por el contrario, la provisión de servicios ha tendido hacia la descentralización. Esto ocurre con la mayor parte de los servicios estratégicos que tiene que brindar un Estado moderno, como la educación, la salud pública, la justicia y la seguridad. Esta distribución de responsabilidades en materia de gestión de servicios es consistente con el criterio fijado por la Constitución, pero incoherente con la forma en que se recaudan y distribuyen los recursos.
Según datos del Ministerio de Economía complementados con información de las provincias, en el año 2005 los ingresos percibidos por el Estado argentino (nacional y provincial) a través del cobro de impuestos se distribuyen aproximadamente de la siguiente forma:
c Sólo 14% de los ingresos tributarios es recaudado por las provincias.
c El 86% es recaudado por el gobierno nacional, del cual sólo se coparticipa de manera automática a las provincias 45 por ciento.
c Esto implica que prácticamente la mitad (47%) de los recursos tributarios totales del Estado argentino queda en manos del gobierno central.
Los datos muestran con claridad que, en la práctica, el país no opera en un régimen federal ya que las provincias no tienen plena responsabilidad sobre los recursos que se necesitan para cumplir con las obligaciones que constitucionalmente les han sido asignadas. Tampoco opera en un régimen unitario, ya que la Nación no asume de manera directa las responsabilidades de brindar los servicios a la población.
Discrecionalidad
En este marco, prevalece la discrecionalidad. Sólo así se explica, por ejemplo, que en el Presupuesto que está por sancionar el Congreso para el año 2006 se contemple (dejando de lado el caso especial de la Ciudad de Buenos Aires) que la provincia donde proporcionalmente la Nación va a gastar más sea Santa Cruz. En esta provincia el gasto federal por habitante duplica al promedio del país. Esta situación de privilegio es análoga a la que ocupó en otros tiempos la provincia de La Rioja.
El sistema político se ha adaptado y disfruta de las perversas reglas de juego que impone un régimen fiscal donde prevalece la discrecionalidad en el manejo de los recursos y la ambigüedad en la toma de responsabilidades. Las implicancias sobre el funcionamiento del Estado son profundas y muy negativas.
Los políticos provinciales son incentivados a operar bajo la lógica de que gran parte de su éxito se define en su «peregrinaje a Buenos Aires» en procura de obtener la simpatía de los funcionarios nacionales. ¿Para qué administrar con solvencia el gasto o asumir la antipática función de recaudar impuestos si con un buen contacto en el gobierno nacional se pueden conseguir «gratis» recursos adicionales? Además, el esquema siempre deja a mano el argumento de que la mala calidad de los servicios que proveen los Estados provinciales son «culpa de Buenos Aires», diluyendo las responsabilidades por las ineptitudes en la gestión.
Financiamiento
La Ley de Financiamiento Educativo es un testimonio de cómo se van perfeccionando las malas reglas de juego. Al establecer que parte del financiamiento lo tiene que aportar la Nación y parte, los gobiernos locales se están generando las condiciones para que nadie se haga cargo de los resultados.
Este esquema de financiamiento es la alternativa más cómoda para que funcionarios -nacionales y provinciales- sigan sin considerarse responsables del mal funcionamiento del sistema educativo. Profundizar el travestismo institucional de «ni unitarios, ni federales» garantiza que nuestros niños y jóvenes -especialmente los que viven en situación de pobreza- no accedan a servicios educativos de calidad.
Comenzar a aplicar la Constitución es la mejor manera de comenzar a solucionar los problemas. La mayor parte de las provincias están en condiciones de asumir íntegramente la responsabilidad de gestionar los servicios y recaudar los recursos necesarios. Esto implica que la Nación sólo debería inmiscuirse en las funciones expresamente delegadas y administrar un modesto régimen de transferencias tendiente a compensar las asimetrías regionales que sufre un reducido número de jurisdicciones de tamaño muy pequeño.



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