Los animales mayores y menores transportados en la provincia de Buenos Aires que no tengan su marca o señal visible, legible e identificable se decomisarán hasta tanto se aclare su origen. Así lo afirmó el ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Haroldo Amado Lebed, quien dijo que la Resolución 193, sancionada recientemente, con el fin de reglamentar las actividades referentes a la ganadería según la Ley 10.081, «exige que previo al embarque de hacienda el productor (propietario) deberá pelar la marca».
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En el caso de que la marca no sea visible o su identificación sea dificultosa, «deberá aplicarse delante de la misma, pero en forma invertida», aseguró el funcionario. En este sentido, Lebed dijo que «para el caso del ganado ya adquirido, en donde el comprador no realizó el archivo de guía en su momento, deberá proceder a la marcación de dicha hacienda, previo archivo de guías y obtención de su correspondiente permiso de reducción a marca propia, en un plazo perentorio de hasta 8 días hábiles desde que se cumplimenta el traslado de los animales, en la oficina de marcas y señales correspondiente a la municipalidad de destino».
No obstante, el Ministerio de Agricultura aclaró que la vigencia del archivo de guías en las áreas de marcas y señales de las comunas del interior permitirá registrar el movimiento de ganado y evitaría la comercialización en negro de hacienda y, como consecuencia, resaltó Lebed, «mermará notablemente el abigeato en el ámbito de la provincia de Buenos Aires y permitirá disminuir la evasión fiscal que hoy se produce con la comercialización de ganado».
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