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Con la nueva normativa, los hombres podrán jubilarse a los 58 años y las mujeres a los 55, en tanto que para los docentes esas edades se reducen a 54 y 50 años, respectivamente.
De este modo se repone la vigencia de la Ley 8.024, que regía antes del incremento de los topes de edad por Decreto 1046, y se mantiene la vigencia del requisito mínimo de 30 años de aportes para acceder el retiro.
En tanto, los afiliados que contabilicen 20 años de servicios con aportes, podrán optar retirarse abonando a la Caja de Jubilaciones y Pensiones los diez años faltantes.
Por el rechazo se pronunciaron la mayoría del bloque radical, la Alternativa para un República de Iguales (ARI), Izquierda Unida y parte del vecinalismo.
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