Anticipo: cómo se podrá pagar con bonos las deudas con DGI
Darán a conocer dos resoluciones para uso de títulos públicos para pago de impuestos al día y también los adeudados. Será con importantes beneficios. Saldrían entre hoy y el viernes de Economía y regirán a partir de setiembre.
-
Crece la preocupación en Europa: consumidores disparan sus expectativas de inflación antes de la reunión del BCE
-
Privatización del Belgrano Cargas: habilitan un nuevo esquema para financiar obras
Se podrán utilizar todos los títulos públicos en plaza. Entre otros interesan los bonos Global 09 (65,75% de paridad), 17 (62% de paridad), 19 (60%) y 20 (59,5%). En este sentido se aconsejan los de mayores rendimientos corrientes (cupón de interés/ precio de mercado), debido a que son los que mayores beneficios otorgan (en general, son los de vencimiento más largo).
Economía publicará diariamente y con 48 horas de retraso el valor de los cupones de interés de cada bono para poder cancelar. Ese valor figurará en los CCF que el contribuyente entregará a su vez a la AFIP. En el mismo informe de Economía, se publicará el valor al que se tomaron los títulos, que sería entre 3% y 10% menor al valor técnico.
La AFIP está obligada a aceptarlos para la cancelación de todos los impuestos nacionales, con excepción del tributo a las transacciones financieras (impuesto al cheque), de las contribuciones patronales, los aportes a las obras sociales y a las ART.
El monto máximo autorizado de CCF a emitir será el de los saldos pendientes de servicios de renta de los bonos.
Los tenedores de los títulos no podrán acelerar los vencimientos, aunque en la emisión del bono exista esta posibilidad.
Los CCF tendrán vencimiento simultáneo a los intereses de los títulos que representan. Serán además de libre comercialización.
Los CCF sólo podrán cancelarse pagando impuestos o ser canjeados con el pago de los servicios de la deuda. Un contribuyente puede comprar los CCF y usarlos para cualquiera de las dos alternativas indistintamente. Con esto se busca potenciar su demanda, ya que no es obligatorio su uso para cancelar impuestos. Si al vencimiento no se utilizaron, se pueden liquidar por el efectivo del interés que se pague por el bono.
El contribuyente sólo puede retirar los bonos de la Caja de Valores una sola vez antes del vencimiento. En ese acto, debe devolver los CCF pendientes de liquidación.
Para las futuras emisiones de deuda, los contribuyentes tendrán un lapso de 90 días desde la emisión para comprar y depositar los títulos en la Caja de Valores y recibir los CCF. Se busca con esto estimular la compra de nuevos bonos apenas se emitan.
En principio, no hay ningún impedimento legal para que este régimen se repita en los próximos años. El gobierno deberá incluir en el presupuesto nacional el cálculo de los intereses que devenguen los títulos públicos, el monto total de los CCF a emitir para cancelar deuda impositiva.
LIQUIDACION DE DEUDAS IMPOSITIVAS CON TITULOS PUBLICOS
Se podrán tomar deudas acumuladas hasta el 31 de junio, y el régimen tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de este año. Ingresarán sólo títulos con vencimiento hasta el 31 de diciembre de 2005.
En este llamado se incluyen los BONTES 2002 (85,75% de paridad al viernes pasado), 2003 (76,5% de paridad), 2004 (72,5%) y 2005 (72%), los Global 03 (75%) y 05 (72%), el BOCON PRE4 (87,9%) y en pesos el Global 2002 (79,25%) y el BOCON PRE3 (82,22%). Estos títulos cotizaban al viernes en un rango de entre 70% y 88% de paridad, con lo cual el contribuyente que compre los títulos a estos niveles y los canjee en la primera semana de setiembre podría contabilizar una quita de deuda de entre 5% y 20%. Esto es así porque la AFIP tomará los títulos públicos a 5% menos que su valor técnico, y según un listado que aparecerá diariamente y que publicará el Ministerio de Economía.
La compra de los títulos públicos tomados para la cancelación de estas deudas impositivas no estará gravada por el Impuesto a las Ganancias.
Para acceder a este régimen, el contribuyente deudor deberá contar con dinero en efectivo o acceder a un crédito bancario para comprar los bonos.
También se podrán cancelar deudas parcialmente. Si un contribuyente, por ejemplo, debe 100.000 pesos a la AFIP, podrá ir bajando parcialmente ese monto con sucesivas compras de bonos.
Para ingresar en el llamado, el contribuyente deberá hacer el trámite únicamente en la agencia de la DGI donde está inscripto, no se podrá efectuar la operación por Internet, y para realizar el trámite tendrá que presentar un formulario. La AFIP luego verifica la situación del contribuyente, confirma el monto adeudado y chequea la existencia de los bonos en la Caja de Valores.
Se incluyen en el llamado todas las deudas impositivas nacionales (Ganancias, IVA, Mínima Presunta, impuesto al endeudamiento empresario) y los tributos aduaneros. También se podrán cancelar deudas provenientes de los aportes a las contribuciones patronales. Quedan excluidas las deudas por el impuesto al cheque, los aportes a las ART y a las obras sociales.
Se podrán incluir además deudas impositivas que se encuentren en juicio, pero sin sentencia. En este caso, el contribuyente deberá hacerse cargo de los gastos y desistir de continuar con el juicio.
La AFIP apunta esencialmente a los contribuyentes que se inscribieron en el llamado lanzado por José Luis Machinea en junio del año pasado. En ese momento, se habían declarado deudas por 4.590 millones de dólares. Se estima que 70% de los contribuyentes ya no estaría cumpliendo con sus cuotas normalmente. Si a los 2.700 millones de la anterior moratoria se suman los aproximadamente 3.000 millones de deudas de contribuyentes ya identificados por la AFIP que responden al calificativo de «incobrables» y cuyos casos están en la Justicia o a punto de ingresar, el «mercado» de deuda impositiva a cancelar asciende a los 5.700 millones de pesos. Si de todo esto, dicen en Economía, se canjean deudas impositivas por 500 millones hasta fin de año, el llamado sería considerado un éxito.
Hasta ahora es el tercer llamado a blanquear deudas impositivas del gobierno de Fernando de la Rúa, el primero de la actual gestión de Domingo Cavallo.




Dejá tu comentario