6 de noviembre 2003 - 00:00

Aprobaban subsidio a deudores hipotecarios

Diputados trataba anoche la ley de subsidio a deudores hipotecarios. Se descontaba su aprobación en esa Cámara, por lo que se convertiría en ley, ya que por la tarde, y después de cuatro horas de debate, había sido sancionada por el Senado. Allí, el oficialismo impuso su mayoría con 33 votos a favor contra los 14 del radicalismo y los provinciales. La UCR sostuvo su propio proyecto de minoría. Mientras tanto, fuera del Congreso, un grupo de deudores se manifestó contra la nueva ley, que fija un sistema de subsidio a deudores en mora, utilizando financiamiento de un fondo fiduciario destinado al salvataje de empresas.

La Cámara de Diputados se aprestaba anoche a convertir en ley el proyecto de salvataje de deudores hipotecarios en situación de remate. Ahora, el gobierno deberá reglamentar el funcionamiento del fondo fiduciario que se hará cargo de cancelar a los bancos acreedores los préstamos morosos tomados con hipoteca sobre vivienda única. El tratamiento comenzó en el Senado, ayer, y se prolongó allí por más de cuatro horas. Treinta y tres votos del oficialismo contra catorce de la oposición radical y provinciales bastaron para sancionarlo y darle pase inmediato a Diputados para convertirlo en ley. La pelea entre peronistas y radicales reprodujo en el recinto las críticas que la oposición hizo de la iniciativa desde que el gobierno la envió al Congreso. La UCR defendió en todo momento su proyecto de minoría considerado de alcance más amplio: «Esto es una gran mentira, se ha dicho que era la solución para las familias con vivienda única, y no es cierto», dijo Carlos Maestro, mientras afuera decenas de deudores en vía de remate protestaban contra la iniciativa al considerarla inútil.

La nueva ley fija un sistema de subsidio a los deudores hipotecarios en mora, utilizando el financiamiento de un fondo fiduciario ya destinado a salvataje de empresas, bajo las siguientes condiciones:

• El deudor deberá ser una persona física o sucesión indivisa.

• Incluirá a los deudores hipotecarios que hayan entrado en mora entre el 1 de enero de 2001 y el 30 de setiembre de 2003.

• El destino del crédito debe haber sido para la adquisición, mejora, construcción y/o ampliación de vivienda familiar y única.

• Mora para esta ley, al igual que en el Código Civil, significa el incumplimiento que habilite al acreedor a intentar la vía ejecutiva o los procedimientos previstos en el régimen especial de ejecuciones extrajudiciales.

• El importe del crédito original no podrá ser superior a los $ 100 mil.

• El sistema será optativo para el acreedor cuando se trate de una entidad financiera, mientras que en los casos de acreedores privados la opción podrá ser ejercida tanto por el acreedor como por el deudor.

• El plazo para ingresar al sistema de refinanciación será de 60 días hábiles desde la entrada en vigencia de la ley.

• Los acreedores privados que ingresen al sistema deberán presentar un certificado de cumplimiento fiscal, que acredite el origen de los fondos utilizados para el préstamo. En caso de comprobarse el incumplimiento de los mismos, el fondo fiduciario estará habilitado para retener al acreedor las sumas adeudadas al fisco.

• La parte deudora deberá acompañar una declaración jurada que acredite los ingresos del grupo familiar.

• Una vez ingresado al sistema de refinanciación, por el cual el fondo fiduciario se hará cargo de la deuda en mora y del resto del crédito, el deudor tendrá un período de gracia de un año, prorrogable, luego del cual se le fijará una cuota mensual, igual y consecutiva.

• La cuota deberá ser compatible con los ingresos del grupo familiar y con el valor actualizado del inmueble.

Argumento

El radicalismo había sostenido, en boca del mendocino Raúl Baglini, un dictamen de minoría que proponía un sistema totalmente distinto. La oposición continuó argumentando en contra de la ley por el alcance que tendrá sobre los deudores, muchos quedarían afuera de la refinanciación, la fecha de entrada en mora, que consideran sin sentido, y la discriminación por atender sólo los casos de préstamos tomados sobre vivienda única, dejando afuera a las pymes.

En ese dictamen, se creaba un sistema de reestructuración y refinanciación de deudas hipotecarias destinado a deudas tomadas sobre vivienda única pero sin discriminar el destino dado a los fondos. Tampoco se fija fecha de entrada en mora y el importe máximo de los créditos morosos beneficiados se eleva a $ 250.000 en origen, aunque el límite a refinanciar se mantiene en $ 100.000.

Ese proyecto también creaba un fideicomiso, pero incorporaba novedades con relación al aprobado ayer: se recalculaba la deuda tomando en cuenta el capital original más un interés compensatorio máximo de 9% anual sobre saldos de capital, el fiduciario procedía luego a poner al día la mora cancelando al acreedor las cuotas de capital pendientes de pago y luego el deudor cancelaba pagando al fiduciario.

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