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2 de enero 2025 - 14:17

ARCA elevó los montos partir de los cuales billeteras y bancos deben informar movimientos de clientes

El organismo recaudador ajustó las cifras en función de la inflación. Los nuevos topes rigen desde el 1 de enero de 2025.

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Los bancos informarán a ARCA cuando los movimientos superen los $600.000. mensuales. 

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aumentó los importes a partir de los cuales deben informar las entidades financieras y las billeteras virtuales sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes.

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Este ajuste surge de la actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024. Los nuevos importes comienzan a regir para las operaciones ocurridas a partir del 1/1/2025.

¿Desde cuándo rigen los nuevos importes?

Desde el 1° de enero de 2025.

¿En qué afecta a los consumidores?

En nada. Simplemente, es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.

¿Cuáles son los nuevos montos a partir de enero y qué debe informarse?

Estas son las operaciones que deben informarse sólo si superan los siguientes importes:

$ 600.000:

$ 1.000.000:

$ 2.000.000:

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