La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema para que las empresas tramiten los Créditos a Tasa Subsidiada correspondientes a los salarios de agosto.
¿Puedo ser monotribbutista y trabajar en relación de dependencia?
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema para que las empresas tramiten los Créditos a Tasa Subsidiada correspondientes a los salarios de agosto.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
La herramienta estará disponible para los empleadores registrados en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) que durante julio de 2020 hayan registrado una variación nominal positiva en su facturación del 0% al 40% en relación con el mismo mes del año pasado. Las empresas pueden registrarse en afip.gob.ar hasta el 18 de septiembre, inclusive.
“El Programa ATP es una herramienta que permite amortiguar el daño de la crisis sobre la producción y el empleo. El Estado va a seguir presente para contener los efectos de la pandemia sobre el entramado productivo. El crédito será un mecanismo fundamental para encarar un proceso de recuperación”, expresó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.
Más de 135 mil empresas ya accedieron al beneficio del salario complementario correspondiente a los salarios de agosto. Son más de 1.400.000 trabajadoras y trabajadores del sector privado que este mes recibirán la asistencia estatal.
Existen más de 26.500 empresas que están en condiciones de solicitar los Créditos a Tasa Subsidiada para financiar el pago de salarios de 270.000 trabajadoras y trabajadores. El sistema para tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada fue habilitado a partir de la Resolución General N°4813. La AFIP notificará a los empleadores beneficiados que podrán iniciar el trámite hasta el 18 de septiembre. La solicitud se inicia a través del sitio web del organismo y se gestionan ante la entidad bancaria seleccionada.
Las empresas que registren en su nómina trabajadoras y trabajadores con pluriempleo tendrán habilitada la opción para tramitar su Crédito a Tasa Subsidiada a partir del 15 de septiembre. Las empresas contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
La tasa de interés será fija del 15% para todos los casos. Aquellos empleadores que cumplan con las metas de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo y cancelen el crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio a través del FONDEP.
En esta nueva edición del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción el gabinete económico resolvió que las empresas que mantengan o incorporen trabajadores recibirán beneficios, y además se sumarán a nuevos sectores que podrán acceder al programa como jardines maternales, transportes escolares y gastronomía.
Según detalló la Jefatura de Gabinete en un comunicado, durante el encuentro "se analizaron los resultados de la cuarta ronda de ATP, donde se beneficiaron más de 210 mil empresas alcanzando un universo de trabajadoras y trabajadores en torno a 1.5 millón".
"En ATP 5 estamos pensando que el préstamo va a tener algún estímulo adicional para la contratación de trabajadores. Es decir, la posibilidad de que las empresas reduzcan las cuotas del préstamo si contratan más personal", resaltó la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca.
Respecto de las nuevas medidas, Todesca aclaró: "La idea es otorgar los préstamos a las empresas que están empezando a recuperar su facturación y luego cuando la misma tenga que pagar las cuotas podamos analizar la trayectoria que la empresa tuvo en materia de empleo: si lo sostuvo o lo incrementó, una parte del préstamo se transforma en subsidio".
Participaron del encuentro los ministros Claudio Moroni (Trabajo) y Matías Kulfas (Desarrollo Productivo); la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont; el presidente del Banco Central, Miguel Pesce; el secretario de Política Económica del ministerio de Economía, Haroldo Montagú; y el asesor del ministerio de Desarrollo Productivo, Daniel Schteingart.
De acuerdo con las nuevas pautas del programa, las empresas que mantengan su plantilla o incorporen trabajadoras/es en la comparación interanual con 2019, podrán beneficiarse con la reducción de las cuotas.
El Gobierno mantendrá el mismo esquema con el agregado de que los créditos a tasa subsidiada –destinados a todas las empresas con incremento de facturación de 0% al 30% junio 2020 versus junio 2019–puedan convertirse en subsidios siempre y cuando se conserven y creen nuevos puestos de trabajo.
Las empresas puedan inscribirse en el ATP a través de AFIP y deberán esperar si son aprobadas o no. Luego será ANSES quien se encargue de depositar en la cuenta de los empleados los salarios.
En la página web de la ANSES, en el apartado Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP) se puede chequear el estado del trámite de cada trabajador cuya empresa se suscribió. Para hacerlo, basta con ingresar en https://servicioscorp.anses.gob.ar/ATPConsulta/ con el número de CUIL.
La ANSES informa si el trabajador está registrado en el programa o no. En caso de negativa, aconseja consultar con el empleador. En caso afirmativo, informa la fecha de cobro si la misma ya fue determinada por el organismo.