Un grupo de diputados de diferentes bancadas presentó un proyecto destinado a reformar la actual ley de factura conformada, asimilándola al sistema que rige en Brasil y que tiende a facilitar la financiación de las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs).
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La norma, si bien deberá transitar por las comisiones PyME, de Industria, de Comercio y de Finanzas, que presiden Ricardo Vago (Frepaso-Buenos Aires), Rafael Flores (Frepaso-Santa Cruz) y Víctor Peláez (UCR-Neuquén), respectivamente, se supone que tendrá rápidamente un dictamen favorable ya que cuenta con el aval de los principales bloques.
En tal sentido, la iniciativa lleva la firma de los diputados Horacio Pernasetti (UCR-Catamarca), jefe de la bancada de la UCR; Raúl Baglini (UCR-Mendoza), titular de la Comisión de Presupuesto y Hacienda; Darío Alessandro (Frepaso-Capital Federal), presidente del bloque de la Alianza, y Eduardo Camaño (PJ-Buenos Aires), vicepresidente de su bancada, entre otros.
Según los impulsores del proyecto, la iniciativa cuenta con el apoyo del Ministerio de Economía, que había elaborado un proyecto similar.
Si bien su utilización no va a ser obligatoria para las empresas, cosa que tampoco sucede ahora con la ley vigente, al establecerse un cambio en la oportunidad de abonar el IVA, que ahora será cuando se perciba, y al darse intervención a los bancos, los que, en consecuencia, le darán consideración crediticia al instrumento, los firmantes consideran que este tipo de factura será una herramienta útil para aumentar el crédito de las PyMEs.
La ley vigente fue inspirada en su momento por el ex diputado Miguel Balestrini (PJ-Córdoba) y contó con el aval de las entidades representativas de las MiPyMEs, pero al poco tiempo de sancionarse, las entonces autoridades económicas del gobierno de Carlos Menem lograron una rectificación para quitarle obligatoriedad, a partir de lo cual se hizo inoperante.
Según explicó ayer Carlos Tombeur, asesor del Ministro de Economía, Domingo Cavallo, si bien la factura no será obligatoria, se facultará al Poder Ejecutivo a que pueda disponer su obligatoriedad de considerarse necesario.
Asimismo, en el proyecto ingresado ayer, se crea un Registro Nacional de Cobranzas, lo que incluye un registro de cumplidores y otro de morosos.
Asimismo, el proyecto señala que, en artículo 1, «la factura de crédito podrá ser sustituida por el título «cobranza bancaria de factura de crédito», emitido por una entidad financiera autorizada por el Banco Central, a requerimiento del vendedor quien entregará previamente el título valor factura de crédito. La cobranza bancaria de factura de crédito deberá ser entregada al comprador como mínimo con 10 días hábiles bancarios de anticipación al vencimiento de la obligación.
En el artículo 2, el proyecto se adecua a la práctica Brasileña para los casos de ejecución judicial.
«La normativa proyectada no sólo permitirá a los bancos ofrecer a sus clientes la administración de sus carteras de cobranzas y compromisos, simplificando operaciones y reduciendo costos, sino también mejorar la transparencia del sistema», señala el proyecto de reforma.
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