9 de abril 2018 - 13:11

Cuáles son los instrumentos que estarán alcanzados por el cobro de Ganancias a la renta financiera

El Gobierno nacional reglamentó el cobro del impuesto a las Ganancias a la renta financiera que obtengan extranjeros que invierten su dinero en el mercado de capitales argentino.
El Gobierno nacional reglamentó el cobro del impuesto a las Ganancias a la renta financiera que obtengan extranjeros que invierten su dinero en el mercado de capitales argentino.
El Gobierno nacional reglamentó el cobro del impuesto a las Ganancias a la renta financiera que obtengan extranjeros que invierten su dinero en el mercado de capitales argentino.

La desición establece el Impuesto Cedular de Rentas Financieras para las ganancias obtenidas por Beneficiarios del Exterior sobre los siguientes instrumentos:

títulos públicos

obligaciones negociables

títulos de deuda

cuotapartes de rentas de fondos comunes de inversión

monedas digitales

Aprobada en el Congreso a fines del año pasado, la norma establece que pagarán el 5% por las ganancias derivadas de inversiones que realicen en pesos y 15% por las utilidades acumuladas en dólares.

También alcanza, con una alícuota del 15%, sin importar la moneda de valuación, a:

algunas acciones

valores representativos de certificados de depósitos de acciones

cuotapartes de condominios de fondos comunes de inversión

certificados de participación de fideicomisos financieros y cualquier otro derecho sobre fideicomisos y contratos similares.

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