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Horacio Rosatti
La experiencia por la cual todos los costos de una crisis como la que protagonizó la Argentina en 2001/2002 es inédita. Y plantea desviaciones inesperadas en una institución como el Ciadi, concebida para casos mucho más específicos.
Un periodista del diario dialogó con el máximo experto del gobierno en esta materia, el ministro de Justicia, Horacio Rosatti. Este profesor de derecho administrativo plantea las dificultades de cumplir con los fallos del Ciadi si se les da la razón a los demandantes. Y da un par de argumentos muy atendibles. Uno, que aquel mecanismo de arbitraje no fue pensado para que se le encomiende la confección de toda una política de servicios públicos.
Segundo, que sus procedimientos no garantizan algunos principios básicos de la Constitución Nacional. De esta evidencia a reclamar fallos de inconstitucionalidad ante tribunales locales hay sólo un paso. Rosatti no lo da. Pero lo sugiere y lo explica en términos teóricos.
Veamos lo más importante de la charla con el ministro de Justicia:
Periodista: Existe una sensación cada vez más generalizada de que el resultado de los arbitrajes que se están desarrollando en el Ciadi será un problema muy grave para la Argentina en el futuro. ¿Cuál es la visión del gobierno sobre esa gravedad?
Horacio Rosatti: Nosotros no tenemos ninguna preocupación con el Ciadi como institución. Mucho menos con los tratados internacionales que suscribió la Argentina para garantizar inversiones. El problema que vemos y que significa una situación grave es la interpretación que muchos árbitros están haciendo de esos tratados en el caso de reclamos de empresas contra la Argentina. Lo que veníamos advirtiendo desde la Procuración del Tesoro y ahora desde el Ministerio de Justicia está a punto de verificarse: los tribunales Ciadi tienen un nivel y cantidad de demandas muy importante en relación con el PBI del país y de su Presupuesto.
P.: ¿En cuánto se calcula?
H.R.: Bueno, si calculamos las demandas cuantificadas y en casos que ya son operativos, hay que pensar en u$s 18.000 millones. Si sumamos las demandas que están en lista de espera, hay que agregar u$s 20.000 millones más.
P.: Pero usted suele tener reproches para el Ciadi como sistema, ¿verdad?
H.R.: No, lo que vengo sosteniendo es precisamente que el Ciadi no es un sistema, es un régimen. Y no es un sistema porque carece de algunas condiciones, como la unificación de jurisprudencia, la existencia de tribunales de apelación, la existencia de criterios unificados para casos similares. Esto es muy grave para un caso como el de la Argentina, donde el nivel y la multiplicidad de demandas carecen en absoluto de antecedentes. Por eso es la Argentina la primera en plantear la deficiencia. El Ciadi fue pensado para garantizar inversiones específicas en caso de violaciones de garantías específicas, como puede ser una expropiación, la persecución o reemplazo de un directorio de una empresa por parte de un gobierno, etc. No para una crisis y una emergencia de gran complejidad política como la que atravesó nuestro país entre 2001 y 2002. Inclusive, estamos ya frente desviaciones tales como la demanda ante el Ciadi por planteos entre particulares.
P.: ¿Cómo es eso?
H.R.: Ya existe el caso de una empresa chilena que vendía a una argentina con un determinado financiamiento. El comprador argentino dejó de pagar cuando se produjo la devaluación y el vendedor de Chile demandó al Estado ante el Ciadi por haber resuelto la devaluación. Si este caso, que se conoce como Metalpar, se multiplicara, llegaríamos al infinito de manera irracional. Es decir, no puede ser que por la mera existencia de un elemento de extranjería en una transacción se demande al Estado ante el Ciadi.
H.R.: De ninguna manera. Nuestro país acepta la legalidad internacional y respeta los tratados. Este gobierno constituye un ejemplo de esto, sobre todo en materia de derechos humanos. Pero lo que reclamamos es que se tenga en cuenta que en el país hubo un estado de emergencia que perjudicó no sólo a los inversores extranjeros sino también a los locales. Esto está previsto en los tratados de resguardo de inversiones, pero es soslayado por los árbitros. Entonces caemos en otro problema que es el principio de igualdad ante la ley. Si en un caso se resuelve una cosa y en otro similar otra, si al nacional se lo perjudica con medidas de las que se sustrae el extranjero, estaríamos ante la violación del derecho público local. Y no hay tratado de inversión que pueda violentar la Constitución, tal como está establecido en el artículo 27 de la Carta Magna.
P.: Ministro, usted está razonando en una dirección bastante evidente. Si los males que usted le reprocha a este régimen de arbitraje son identificados por un juez, no sería difícil que ese juez declare la inconstitucionalidad del laudo arbitral. ¿Ustedes como representantes del Estado recurrirían a esa vía?
H.R.: Yo no puedo ponerle nombre a la criatura antes de que nazca... Es una broma, porque es lo que sucede habitualmente.
P.: Analicémoslo sólo como una hipótesis, como algo teórico...
H.R.: No hay tratado que me pueda obligar a violar la Constitución y sus principios, como el derecho a la defensa en juicio, a la revisión de las sentencias y a la igualdad ante la ley. Cuando los fallos lleguen a la Argentina para su ejecución, habrá un tribunal local que deberá hacer lo que se denomina el «exequatur», es decir, determinar si cumplen con los principios generales que garantiza el derecho local. Si no cumplen, no dará lugar a su ejecución.
P.: Insisto. ¿No teme que las inversiones terminen espantándose por la inseguridad jurídica que plantearía esta posibilidad?
H.R.: En primer lugar, la tendencia del capital es permanecer allí donde el contexto le asegura el lucro, como sucede hoy en la Argentina. En segundo lugar, no hay una violación de la seguridad jurídica porque se respetarán los tratados, pero en todo su contenido, no sólo en un recorte. Pero además, déjeme decirle algo práctico: el Ciadi no fue pensado para regular la economía completa de un país. Ni para fijar su política de servicios públicos. Si un árbitro determina que tal sector mantendrá su tarifa dolarizada y otro árbitro determina que tal otro sector debe acogerse a la pesificación, estaríamos enloqueciendo de tal manera la administración del país que eso también generaría una inseguridad espantosa para las inversiones. No se puede pretender que la crisis monumental que vivió la Argentina se resuelva por esta vía. Ni tampoco que se le reconozca a un grupo de afectados lo que no se le reconoce a otro: acabamos de sellar un acuerdo en el cual los acreedores tuvieron que a ceptar una quita importantísima en su capital. Hay algo que debo subrayar: los que fueron a demandar al Ciadi menospreciaron la capacidad de defensa de la Argentina para plantear estas anomalías.
P.: Si las negociaciones de los contratos fueran más aceleradas, ¿no se despejaría buena parte del problema del Ciadi?
H.R.: Seguramente, y es lo que va a suceder.
Además, debemos plantearnos un nuevo horizonte en el cual se puedan corregir algunos errores como el de haber entregado la jurisdicción nacional.
P.: Rosatti, que un país admita que sus tribunales no son suficientes para garantizar la inversión extranjera es doloroso. Pero este gobierno ha sido el primero en alentar la versión de que la Justicia argentina es calamitosa. Si a un inversor se le exige litigar aquí, le bastaría con tomar aquella presentación del presidente delante de la TV para quejarse de Julio Nazareno y la Corte, ¿no le parece?
H.R.: Si algo caracteriza a este gobierno y algo puede exhibir a la inversión extranjera es una mejora notoria en la calidad de la Justicia en su máximo nivel; además de un proceso de aproximación a un modelo más transparente en la designación de los jueces y la independencia de la Justicia.




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