Esta figura de asociación ilícita, según el texto definitivo de la nueva Ley Penal Tributaria, permitiría al Estado acusar a los implicados cuando hayan actuado tres o más personas, con cierta habitualidad, con el objeto concreto de ayudar o evadir directamente impuestos o aportes previsionales. En estos casos la pena mínima es de 3 años y 5 meses, lo que implica que habrá prisión efectiva, desde que se determine un monto de evasión de más de 100.000 pesos (evasión simple) o de 1 millón (agravada). Según
Según los profesionales, existiría el problema también sobre la interpretación que los jueces hagan de la responsabilidad exacta de los integrantes de una empresa; si es que la ley se aplica de manera amplia y no restrictiva como aseguró Abad.
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