23 de julio 2001 - 00:00

Ganancias: marcha atrás sería en cuotas

Las idas y vueltas con la devolución del Impuesto a las Ganancias para los empleados en relación de dependencia está generando trastornos en empresas. Ya descuentan que esta semana el Senado convertirá en ley la marcha atrás con esta devolución que recién había empezado. Por este motivo en Economía están definiendo mecanismos para recuperar lo que devolvieron en junio a los trabajadores. La mayoría de las empresas ya había comenzado en las últimas semanas con la devolución de Ganancias a sus empleados y ahora deberán descontarles lo devuelto. En principio, las empresas podrían descontarlo en cuatro o cinco cuotas de los haberes de los empleados, empezando en agosto. Por cuestiones contables muchas empresas ya habían devuelto a sus empleados el acumulado enero-junio. Otras preparaban la liquidación. Ahora todas están en alerta a lo que el Congreso defina esta semana.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) está analizando la posibilidad de que las empresas que ya liquidaron el retroactivo de la rebaja del Impuesto a las Ganancias decidida hace menos de un mes, y en caso de que el Congreso finalmente sancione la eliminación de esta medida, pueda devolverse al fisco en cuatro o cinco meses y no al contado.

Mientras tanto, las principales empresas del país colocaron desde el viernes pasado a sus gerencias contables y de personal en estado de alerta y suspendieron automáticamente el proceso de devolución y recálculo del tributo a las ganancias de sus empleados que ganan más de 1.500 pesos mensuales hasta que no se aclare la situación.

En teoría, la mayoría de los empleadores del país ya debería haber calculado el monto que debía devolver a sus empleados con salarios superiores a ese monto, ya que la liquidación de los sueldos de julio se percibe efectivamente en los primeros días de agosto, fecha límite para poner en práctica la reducción del tributo.

Contablemente las compañías efectúan entre el 20 y el último día hábil de cada mes sus liquidaciones salariales.
Como la de los sueldos de julio no era una operación común, las empresas en general habían comenzado a calcular los pagos que debían efectuar ya desde el 15 de este mes. El problema era que la disposición de Cavallo imponía que a más tardar en la actual liquidación las empresas descarguen Ganancias con el menor porcentaje de presión fruto de la rebaja en las deducciones especiales y en las cargas por cónyuge e hijo.

Además, este mes era la fecha límite impuesta por Economía para que las empresas hagan el cálculo del monto del descuento retroactivo al período enero-junio y efectúen el pago en una sola cuota, según lo dispuesto por la Secretaría de Ingresos Públicos que dirige José María Farré.

Así lo reglamentó además la AFIP de Héctor Rodríguez y también así lo presentó en sociedad el titular de la DGI, Roberto Sericano. Esta disposición está hoy en plena vigencia y las empresas en teoría deberían respetarla y concretarla en estos días, a cambio de poder descontar el pago de impuestos como IVA, Ganancias y Ganancia Mínima Presunta.

Esto quiere decir que los empleados que reciban sus salarios desde la próxima semana tendrían que recibir tanto el nuevo descuento de Ganancias como el monto acreditado en los primeros seis meses del año.

• Sin efecto

Sin embargo, ya es un hecho casi innegociable que esta rebaja quedará sin efecto a partir del nuevo paquete que se negocia en el Congreso y que probablemente sancione el Senado entre el miércoles y el jueves de esta semana.

Se produce entonces lo que se podría definir extraimpositivamente, legalmente, como
«una tormenta perfecta», según la definición del tributarista Leonel Massad: las empresas, para no ser sancionadas en teoría, deben cumplir indefectiblemente una ley que esa misma semana dejará casi seguramente de tener vigencia. Incluso hubo muchos que, aceptando la invitación del Ministerio de Economía de posibilitar la devolución anticipada del retroactivo de enero a junio, que podía practicarse ya en julio, hicieron el pago en los últimos 10 días porque impositivamente se permitía ya descontar tributos y contablemente convenía a las empresas.

El anuncio del jueves pasado de que la Alianza modificaría la norma en el Congreso, como efectivamente sucedió el sábado a la madrugada cuando se votó el nuevo paquete, paralizó a los contadores de las empresas y a sus asesores impositivos externos, además de provocarles una especie de ataque de nervios. Ahora, directamente, no saben cómo seguir adelante.

• Facilidad

La AFIP trabajó este fin de semana para tratar de reglamentar lo antes posible la vuelta atrás de la devolución de Ganancias para el caso de que el Senado avale lo que aprobaron los diputados. En primera instancia se piensa en otorgar la facilidad de que la retribución del descuento para las empresas efectivamente la liquiden en cuatro o cinco cuotas comenzando indefectiblemente por la liquidación del salario de agosto. Si esto fuera posible, en diciembre el proceso de devolución debería terminar. Rodríguez analizará hoy la situación de la recaudación para saber si esta alternativa es viable.

Indirectamente se menciona también la posibilidad de que las empresas que suspendan la devolución, lo que hoy sería ilegal, no sean sancionadas si por estos días reciben una inspección.

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