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11 de diciembre 2003 - 00:00

Graves derivaciones por la doble indemnización

La Argentina es una nación donde no se respetaron los derechos de los ahorristas, ni de las empresas, ni de los acreedores que confiaron en el país. Ahora hay un serio peligro laboral. La decisión de prorrogar por cuarta vez la vigencia del régimen de doble indemnización tendría dos derivaciones judiciales muy negativas. Algún juez podría determinar que se trata de un «derecho adquirido» y, aunque el gobierno resuelva en algún momento del año próximo que el régimen no tiene más vigencia, igual podría haber reclamos judiciales. Hay otro peligro. El régimen abarca a los empleados en relación de dependencia anteriores a enero de 2003. Los nuevos trabajadores pueden también recurrir a la Justicia en caso de despido y, amparándose en los artículos 14 bis y 16 de la Constitución, reclamar la igualdad ante la ley y la no discriminación laboral. Ayer, Roberto Lavagna fue realista y definió como «mala señal» esta prórroga, entrando así nuevamente en colisión con el Presidente, que la defiende.

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Por otro lado, la posibilidad de que la Justicia dicte que el régimen de doble indemnización es un derecho adquirido también sería una alternativa concreta. Aquí se apela al principio laboral de los «derechos adquiridos» que no pueden ser violados retroactivamente. Según esta visión jurídica, la doble indemnización, sin importar que se trate de un régimen amparado en la Ley de Emergencia Económica aprobada en enero de 2002, podría ser ya un derecho de los empleados en relación de dependencia, con lo cual no podría ser desmantelado por otro decreto. El aval jurídico de este principio es el Pacto Internacional de los

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