La AFIP anunció la puesta en marcha de un régimen especial de facilidades de pago para regularizar deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras vencidas al 31 de diciembre del año pasado, con plazos de 24 y 120 cuotas de acuerdo al plan, y un interés mensual no mayor al 1,5 por ciento.
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Este nuevo régimen especial de facilidades de pago permite la regularización de las deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social y las multas y cargos suplementarios por tributos aduaneros vencidos hasta el 31 de diciembre de 2007.
El importe de la primera cuota no podrá ser inferior al 3% de la deuda consolidada, ni menor a $150.
Los contribuyentes tienen también la posibilidad de reformular planes de facilidades que se encuentren vigentes siempre y cuando no tengan cuotas vencidas impagas. Esta reformulación podrá efectuarse en el sistema "Mis Facilidades" opción "Reformulación del Plan" seleccionando Plan Especial. Asimismo los deudores podrán tener vigentes un máximo de 12 planes de pago, contados a partir del 30 de noviembre próximo.
La cancelación de acuerdo con el plan de facilidades, no implica reducción alguna de intereses resarcitorios y/o punitorios como tampoco liberación de las sanciones respectivas.
La adhesión al plan se realizará exclusivamente por Internet, con Clave Fiscal, desde la página web del organismo (www.afip.gov.ar) a través del Sistema Mis Facilidades, opción "Plan Especial - Deuda vencida al 31 de diciembre de 2007", desde el próximo 20 de noviembre y hasta el 31 de marzo de 2009.
Las cuotas vencerán el día 16 de cada mes a partir del mes siguiente en que se realice la adhesión al régimen, y se cancelarán exclusivamente por débito directo en la cuenta corriente o en la caja de ahorros del contribuyente. También se contempla la posibilidad de que el adherente al plan obtenga una caja de ahorros fiscal gratuita en la que se le debitarán las cuotas. Esta cuenta podrá solicitarse en la sede central o en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina.
Ante dudas o consultas, los contribuyentes se pueden comunicar con el Centro de Información Telefónica de la AFIP 0810-999-2347 o *2347 desde su celular. Además, a partir de la publicación de la Resolución General 2518 habrá un micrositio con información específica en la página web del organismo, y desde el 14 de noviembre, se encontrará disponible en el sitio oficial de la AFIP un simulador que permitirá en forma anónima, para cada tipo de deuda, calcular el monto de las cuotas a pagar en base a la cantidad de cuotas que se elija.
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