La justicia suspendió también el ajuste en las tarifas de trenes
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Por sus características procesales, este tipo de procesos se parece al recurso de amparo, por eso la Cámara acumuló en el juzgado donde el defensor del pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, presentó el amparo por el auto-transporte, y no donde inició juicio ordinario por el ajuste en trenes y subtes.
La medida tomada por Garretón en esta oportunidad es «precautelar», lo que significa que es provisoria hasta que la Secretaría de Trasporte presente en el plazo de 48 horas copia de la totalidad de los expedientes relacionados con los convenios firmados el 15 de febrero con las concesionarias de los ferrocarriles. En tanto, la medida tomada en colectivos no es provisoria, sino que regirá hasta que se resuelva la cuestión de fondo, esto es si corresponde o no llamar a audiencia pública antes de decidir el ajuste.
Silva Garretón aludió «al peligro y la irreparabilidad del daño» en caso de una decisión tardía y expresó la necesidad de «disponer una medida urgente» hasta que con todos los elementos de juicio, resolver lo que corresponda, pero se estima que la medida cautelar seguirá vigente mien-tras se apela.
Los convenios pedidos por el juez son los que firmaron las concesionarias de trenes para iniciar con el gobierno actual la revisión de los contratos renegociados en 1999 con la administración anterior.
En su presentación, Oliveira sostuvo que las resoluciones por las cuales se aprobaron los aumentos violan los derechos de los usuarios, protegidos por el artículo 42 de la Constitución, que prevé la realización de audiencias públicas con anterioridad a cualquier modificación en las condiciones de prestación de los servicios públicos.
La defensora inició juicio sumarísimo sobre los ajustes en trenes, subtes y colectivos, pero el juez dejó de lado este último tema porque ya se había pronunciado a pedido de Mondino.
Asimismo, Oliveira señaló que las resoluciones 1.006 y
1.007 del Ministerio de Economía comenzaron a regir antes de que se publicaran en el Boletín Oficial y transgreden la Ley de Convertibilidad. De todas formas, la situación no es igual en todos los casos ya que los 10 centavos de aumento en el cospel de subterráneos corresponden a la suba prevista en el contrato firmado en 1999, previa audiencia pública, y no formaron parte de los convenios de revisión del actual gobierno.
Pero allegados a la defensoría de la Ciudad aludieron a que todos los aumentos, incluido el de subtes, fueron resueltos de manera irregular, sin pasar por el procedimiento correcto.
Por otra parte, como la resolución oficial justifica los aumentos en la necesidad de cubrir deudas del Estado con las concesionarias, no se sabe si parte de la suba en subtes está también destinada a ese fin, ni tampoco se menciona si se cumplieron los hitos previstos en el contrato de 1999 que habilitan la aplicación del ajuste.



