8 de noviembre 2002 - 00:00

Los exportadores tendrán más libertad para vender dólares

Los exportadores tendrán libertad para liquidar sus divisas a través del mercado mayorista en vez de hacerlo directamente en el Banco Central. Esta es una de las principales disposiciones que se pondrán en marcha cuando se firme el acuerdo con el Fondo, que incluye un capítulo para flexibilizar los controles de capitales y de cambios.

Todavía existen discusiones entre Economía y el Banco Central si esta liberación se hará de una sola vez, o si en realidad se pondría en marcha un cronograma de adecuación gradual. Ocurre que desde que se implementó más férreamente el control de cambio el BCRA no dejó de ganar reservas. A tal punto que ya acumula más de 1.000 millones de dólares comprados desde junio.

La posición del titular del Central, Aldo Pignanelli, es habilitar este esquema lo antes posible. Así lo pactó, incluso, con el director del departamento occidental del Fondo Monetario Internacional, Anoop Singh. Sin embargo, el ministro de Economía, Roberto Lavagna, se vuelca por la idea de un cronograma para flexibilizar.

Las medidas también incluirán la posibilidad de remitir divisas al exterior por pago de intereses, utilidades y dividendos sin solicitar autorización previa al Banco Central, como se exige en la actualidad.

Estos son los puntos centrales que incluirá la flexibilización del control de cambios y de qué forma se lo piensa implementar:

Se libera el pago de intereses, dividendos y utilidades al exterior: en la actualidad, las empresas deben pedir autorización al Central, que usualmente la niega ya que implicaría un aumento de la demanda de dólares. Pero esta restricción viola el artículo 8 del estatuto fundacional del FMI referido a la libertad sobre movimiento de capitales de los países miembro. Por lo tanto, será lo primero en liberarse. Habrá, sin embargo, algunas restricciones. Cuando los intereses a pagar superen la tasa de mercado, sí se requerirá autorización del BCRA. Se establecería una tasa cercana a 8 por ciento-10 por ciento anual en dólares. Cualquier pago de intereses por encima de ese nivel no podrá efectuarse automáticamente, ya que podría tratarse de fuga de capitales. Asimismo, las empresas que envíen utilidades al exterior deberán antes demostrar que están al día en lo que respecta al pago de impuestos. De lo contrario no podrán girar remesas a sus casas matrices.

Exportadores no deberán liquidar más divisas al Banco Central: actualmente, todas las exportaciones superiores a 200.000 dólares deben liquidarse en el BCRA al tipo de cambio de referencia. Pero se eliminará esta restricción y las empresas estarán obligadas a traer sus dólares y venderlo en el mercado mayorista que opera en el MAE (Forex Siopel), a través de las entidades bancarias. Para evitar maniobras especulativas, los bancos sólo podrán mantener 5 por ciento de su Responsabilidad Patrimonial Computable (RPC) en dólares. Esto los obligará a liquidar la mayor parte de su posición, que sería comprada por el Banco Central, pero a través de una operatoria mucho más libre. No está claro si este sistema se implementará de una sola vez o se permitirá ir liberándolo gradualmente, primero para compañías chicas y luego para las que mueven mayor volumen.
 
• Situación de petroleras y mineras, todavía indefinida: inicialmente, se había acordado con el FMI que estos dos sectores también deberían traer sus dólares al país, ya que gozan de excepciones parciales en el caso de las petroleras (que deben ingresar sólo 30 por ciento) o totales, como rige para las mineras. Sin embargo, Lavagna estaría interesado en disponer que estos dólares vayan a un fideicomiso especial que serviría como base para la renegociación de deuda en el exterior del sector privado.

No se liberará el pago de capital de deudas para las empresas y bancos: la cancelación de Obligaciones Negociables y otros instrumentos seguirá restringida. Esto se debe a que podría incrementar fuertemente la demanda de dólares del sector privado al Central. En cambio, se promoverá la renegociación de deudas con quitas de 40 por ciento como mínimo y un alargamiento del plazo promedio para que el BCRA autorice el repago al exterior, como está vigente ahora.

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