26 de octubre 2001 - 00:00

Más burocracia para controlar el lavado

En los próximos días culminan los trámites para cubrir la módica cantidad de 11 cargos en la Unidad de Información Financiera (UIF) de acuerdo a lo dispuesto en la ley de prevención del lavado de dinero. Seis de los cargos serán asignados a representantes del Ministerio de Justicia, del Ministerio de Economía, del BCRA, del Sedronar, de la AFIP y de la Comisión Nacional de Valores (como si esta última no fuera ya dependiente del Ministerio de Economía) mientras que los cinco restantes serán elegidos por concurso de entre los postulantes presentados.

Uno de los escenarios en el cual trabaja la flamante UIF es el de obligar a la presentación de formularios en alguna oficina pública para «declarar» previamente cualquier operación superior a u$s 10.000 antes de ser concertada, de la misma manera en que un empleador debe declarar a un nuevo empleado antes de que trabaje, de acuerdo con las normas aprobadas por este gobierno. Lo que nadie dice es qué pasa si el particular no procede a declarar previamente la transacción, o si un banco local o una casa de cambio debe exigir que el particular le entregue una «copa sellada» de la declaración. Seguramente se iniciará un sumario, lo cual implicará algunos miles de dólares en gastos legales. Una buena idea para la reactivación de la economía.

• Medidas punitivas

Durante años, la Argentina se dedicó a regular los flujos de capital con una batería de medidas punitivas del Banco Central, incluyendo a inspectores del Banco Central acompañados de policías, para detener a quien caminara por la calle San Martín con dólares en efectivo: el «dólar corrupto» se encontraba en la mente de los reguladores. Existía una ley penal cambiaria, que disponía que los dólares «eran del gobierno», y que cualquiera debía vender sus dólares al gobierno (lástima que a un precio menor a su valor de mercado) y solicitarle al gobierno los dólares para pagar importaciones, pagos de capital y sus intereses. Hasta llegó a existir un «dólar Aerolíneas» para pagar los pasajes y los consumos con tarjetas de crédito realizados en el exterior. Los políticos suponían posible regular los flujos de capital a través de las transacciones. Por ello, el sistema político transfirió la totalidad del poder regulatorio al Banco Central, suponiendo que unos señores muy serios de mirada circunspecta podrían planificar y regular el precio de los bienes y servicios de la economía argentina. Fracasó.

A principios de los '80, el Banco Central comenzó con tres formularios: la fórmula 4001 (para vender los dólares de exportaciones o de préstamos financieros), la fórmula 4002 (para comprar los dólares para pagar importaciones o devolver capital e intereses) y la fórmula 3191 (para declarar la fecha de vencimiento de cada operación), que decía tener sólo fines estadísticos. Las 4ESreglamentaciones de 1981 crearon un «formulario de consulta» tristemente conocido como Fórmula 4008 A, para normalizar las miles de consultas que el sector privado debía formular al BCRA como consecuencia de la CAMEX 1, Comunicación A-13, y se agregó la Fórmula 4005 para concertar operaciones de pase. En 1984, el Banco Central inventó un nuevo registro de deudores en moneda extranjera (F. 5001) una montaña de declaraciones en las fórmulas 5002, 5003 y 5005, las cuales debían ser efectuadas mediante la presentación previa de una fórmula 4008 y, llegado el caso, modificadas mediante la presentación de una fórmula 5009, donde todos estos datos debían ser asentados en los casilleros correspondientes de las fórmulas 4001 y 4002. Mientras tanto, las entidades debían presentar la información de las transacciones a través de las fórmulas 111, 116, 117, 4009, 2617, 3993, 1519 y varias anexas, en la cual debían presentar los números de declaración de las fórmulas 4001, 4002 y 4008. Finalmente, el BCRA utilizó esta batería normativa como «disuasiva» para que nadie pretendiera comprar dólares en el mercado oficial (ya que cuando liberó el mercado de cambios, parcialmente en 1987 y totalmente en 1989 decidió no requerir nunca más de formulario alguno) y la mayor cantidad de personal de los bancos estaba ocupada en informar al Banco Central de las transacciones en moneda extranjera.

Las regulaciones comienzan por una declaración política, y toman forma de cuerpo legal dentro de la teoría de Corwin, que habla de la tendencia de cualquier principio a expandirse hasta el límite de la lógica. El Banco Central, la Comisión Nacional de Valores y la AFIP ya contaban con la suficiente cantidad de funcionarios como para prevenir el lavado de dinero. Pero al responsabilizar la diputada Elisa Carrió a Pedro Pou como el garante del lavado, eliminó al Banco Central como responsable de la vigilancia de las transacciones -sin perjuicio de que el GAFI opinara lo contrario- y decidió la integración de una «comisión».

El mundo desarrollado tiene una hipótesis diametralmente opuesta del control, basado en el conflicto de intereses en la concepción de
Peter Drucker. A ninguno de los inspectores de la Oficina del Procurador de la Moneda de los Estados Unidos se le ocurriría pasar por alto las irregularidades en las previsiones del activo de un banco, por la simple razón de que los inspectores del FDIC (nuestro SEDESA, el asegurador de los depósitos del sistema) probablemente podrían descubrirlo y denunciarlo, de la misma forma en que las policías locales de los condados no podrían hacer la vista gorda si detrás de ellos está el FBI, y detrás de los dos están los departamentos de asuntos internos de ambos organismos. El control no se logra mediante la designación de Marcelo Sain (un cuadro del Frepaso, actualmente en el Sedronar) en la UIF, ni buscando la forma de conformar a las diferentes agrupaciones de la Alianza con «algo». Nada puede reemplazar al management.

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