29 de abril 2003 - 00:00

Más control para lavado de dinero

La Unidad de Información Financiera (UIF) aprobó la reglamentación para combatir el encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo, así como la guía de transacciones inusuales o sospechosas.

A través de la resolución 6/2003, publicada ayer en el Boletín Oficial, la UIF aprobó la directiva sobre reglamentación del artículo 21 (incisos A y B) de la Ley 25.246, sobre operaciones sospechosas, modalidades, oportunidades y límites del cumplimiento de la obligación de reportarlas, que deberá cumplimentar la Comisión Nacional de Valores (CNV).

La CNV, en el ejercicio de sus funciones, deberá reportar cualquier operación sospechosa que detecte, y para ello deberá controlar que las entidades autorreguladas bajo su supervisión ejerzan la fiscalización y control debido. Asimismo, deberá incorporar en los procedimientos que efectúa en su carácter de ente de control de la oferta pública de valores negociables y en la negociación secundaria de dichos instrumentos, un análisis que permita detectar si existe algún hecho económico o financiero que no guarde relación con actividades declaradas. Los sujetos alcanzados por esta normativa son sociedades emisoras, fondos comunes de inversión, calificadoras de riesgo, fideicomisos financieros, bolsas de comercio, mercados de valores, entidades autorreguladas no bursátiles, mercados de futuros y opciones, y cajas de valores.

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