26 de agosto 2004 - 00:00

No se sabe cómo se definirá a indigentes con tarifa subsidiada

Alicia Kirchner
Alicia Kirchner
El proyecto de ley para los servicios públicos, anunciado el martes por el gobierno, deja abiertos muchos aspectos, ya sea para que se definan en el Parlamento, en decretos reglamentarios o en futuras leyes. Está claro que la nueva ley cambia un principio fundamental de las licitaciones de la década del '90: en los contratos originales con las privatizadas estaban prohibidos los subsidios cruzados. Ahora se admite que hay una franja de la población, que no se sabe cómo se mensurará, que será subsidiada por el resto de los consumidores, a través un aumento general de tarifas de 2% (que recién se aplicará cuando todo el sistema esté aprobado por ley).

Además, para afrontar el acceso a los servicios considerados esenciales a las personas que el proyecto considera «indigentes», el Estado puede sacrificar hasta el total de la tasa del IVA (21%), y las empresas prestadoras deben además hacer un aporte equivalente a 10% de la tarifa subsidiada.

Aún con el proyecto terminado, hay todavía algunos aspectos no definidos que se entiende darán lugar a forcejeos dentro del Congreso y también con las empresas privatizadas. Una calificada fuente oficial dijo a este diario que «cuando se trate de servicios de los cuales depende la subsistencia como el agua, las cloacas o la electricidad para cierto tipo de enfermos, el servicio no se podrá cortar por falta de pago».

Esto no se relaciona con la indigencia. Lo que dijo la fuente se refiere a cualquier tipo de usuario residencial que no pague la factura. Según su opinión, «la empresa podrá intimar, enjuiciar y embargar al cliente, pero no cortarle el servicio».

Por el otro lado, está el acceso de los servicios de los indigentes para los cuales se crea el «fondo solidario». El proyecto estableció que «la calificación de indigencia será potestad del Ministerio de Desarrollo Social» que dirige Alicia Kirchner y, según el vocero del gobierno, no se tomaría el criterio numérico del INDEC, según el cual es indigente una familia tipo que tenga un ingreso mensual inferior a $ 330.

Las primeras en reaccionar frente a esta iniciativa fueron las distribuidoras eléctricas. Estas empresas ya tienen la experiencia con unas 150.000 familias que viven en villas de emergencia y que nunca pagaron la luz, porque entraron dentro de un convenio en el que el pago quedaba a cargo del Estado nacional y en parte de la provincia de Buenos Aires y de la Capital Federal.

Desde 2002, el Estado nacional no cumple con ese compromiso estimándose que en la actualidad la deuda supera $ 50 millones. Según el razonamiento empresario, si 2% de la facturación anual de Edenor, Edesur y Edelap es de $ 40 millones, la suma a recaudar con un aumento generalizado a todos los usuarios no alcanzaría por ahora a cobrar la deuda
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Según las privatizadas, las incógnitas del esquema son cómo se determinará quiénes son los indigentes para cada área de concesión, si habrá voluntad política de destinar recursos fiscales al fondo solidario, y si finalmente éste servirá para compensar a las empresas por las facturas impagas.

Los temas que también cuestionan las compañías de servicios públicos en una primera lectura del proyecto son:

• El nombramiento de un veedor por parte de los trabajadores, que se sumará a la supervisión de los organismos de control.

• El establecimiento de inversiones obligatorias para expansión del servicio hasta en 20%.

• El criterio de que se fijarán tarifas «justas y razonables», lo que de cumplirse debería llevarse a un ajuste inmediato, según el criterio empresario.

• Las tarifas (una vez terminada la actual renegociación) no podrán ser ajustadas automáticamente, y deberán acreditarse los mayores costos reales incurridos y las tasas de rentabilidad obtenidas y programadas.

La primera impresión es que el Estado tendrá una mayor injerencia en el funcionamiento de los servicios públicos y que, en algunos aspectos, falta determinar cómo se llevará a la práctica ese cambio. Por ejemplo, cómo se modificarán las atribuciones y los alcances de los organismos de control que ya no serán más reguladores, porque las regulaciones quedarán bajo la órbita de la autoridad de control (dependencias del Poder Ejecutivo), y los entes sólo deberán controlar el cumplimiento de las normas.

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