28 de septiembre 2001 - 00:00

Norma para jubilados

Tal como anticipara este diario, el Banco Central emitió ayer un comunicado aprobando las normas sobre el funcionamiento de las cajas de ahorro gratuitas donde deberán cobrar los jubilados y pensionados su haberes.

A través de la Circular «A» 3336, la autoridad monetaria dio el visto bueno al proyecto por el que a partir de noviembre cuatro millones de jubilados y pensionados empezarán a percibir sus haberes por medio de cajeros automáticos.

La medida se adoptó luego de que el Ejecutivo -a través del Decreto 895- estableciera que los pagos previsionales que hasta ahora estaban a cargo de la ANSeS se realicen «únicamente» mediante el depósito en cuentas de cajas de ahorro abiertas para tal fin.

Sin embargo, en los fundamentos de la iniciativa los directivos del Central resaltaron que las cuentas abiertas serán totalmente gratuitas, destacando que «la operatoria que se implementa no deberá generar costo alguno para la ANSeS ni para sus beneficiarios».

En cuanto a las condiciones de funcionamiento de estas cuentas, el Central dispuso la utilización de un mecanismo similar al ya vigente sobre las cuentas especiales dispuestas para el pago de remuneraciones. Este sistema se originó tras la decisión del Ministerio de Trabajo de que se acrediten en entidades financieras los salarios del personal en relación de dependencia.

Sin embargo, se dispuso que en el caso de aquellos jubilados que cobran sus haberes a través de las dependencias exclusivamente destinadas al pago de haberes previsionales, se podrán abrir cuentas de caja de ahorro previsional.

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