Obras sociales: definió más el gobierno la libre opción
El gobierno avanzó ayer con la letra chica del reglamento que regirá para que se pueda elegir libremente la cobertura médica, entre obras sociales o prepagas. Los gremios consiguieron ya su primer privilegio: sacarán ventaja porque las obras sociales no pagan ni Impuesto a las Ganancias ni Ingresos Brutos, como sí les sucede a las empresas privadas. Además, tampoco pagarán IVA para las prestaciones más caras que el programa médico estándar. Entre las precisiones que se definieron ayer está también que no será posible mudar de prestadora más de una vez al año. Tampoco se podrá obligar durante los próximos 4 años a una obra social o prepaga a que reciba más de 20% de su padrón de afiliados, lo que evitaría que recaiga sobre algunas entidades la demanda insatisfecha de los inscriptos en otras. Para evitar que se produzcan daños por moras en el pago de los aportes se va a constituir un fondo compensatorio especial. Otra disposición es que cuando a un afiliado se le ha detectado una enfermedad y decide cambiar de prestadora, la entidad que abandona debe pagarle a la de destino el tratamiento de esa dolencia por un año. No pudieron los funcionarios, en cambio, ofrecer a los prestadores un esquema de paridad tributaria porque deberían sacarlo por ley. Todavía no se resolvió qué sucederá con la regla que más les interesa a los sindicalistas. Se trata de saber si quienes acceden a un primer empleo (jóvenes en general sanos, que aportan y casi no gastan) tendrán libertad de opción o deberán afiliarse a la obra social de su actividad. Si se optara por la primera alternativa, los gremialistas se verían heridos en su núcleo: ¿qué sentido tendría afiliarse a un sindicato si no se reciben los beneficios de la obra social? En este aspecto está el germen de la guerra de las CGT con el gobierno.
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* Habrá un límite en la posibilidad de pases de una entidad (obra social o prepaga) a otra durante los primeros 4 años. Una obra social o una prepaga no podrá recibir más de 20% de nuevos beneficiarios anualmente en 2001, 2002, 2003 y 2004. En 2005 el sistema quedará abierto. Esta cláusula pretende evitar lo que se denomina «selectividad negativa», es decir que la demanda insatisfecha de atención se desplome sobre tres o cuatro entidades prestigiosas, ocasionando una suba insoportable en el gasto.
* Otro comportamiento que se quiere inhibir es el envío deliberado de personas enfermas desde las obras sociales sindicales a las prepagas. Es lo que tenían previsto muchos sindicalistas: inducir a los afiliados con peor historia clínica a que opten por una empresa privada, a la que le ocasionarían mayor gasto (a su vez ellos ahorrarían al perder ese tipo de público). El reglamento que se redacta hasta el 21 de diciembre establece ahora que habrá un régimen de «preexistencias». Esto quiere decir que si un beneficiario al que le han declarado una enfermedad se muda de entidad, la obra social o prepaga de origen debe pagarle el tratamiento de esa enfermedad por un año a la de destino. Para establecer con precisión los costos de esos tratamientos, se actualizará el nomenclador.
* Otra previsión que tiende a evitar inconvenientes en el sistema es la creación de un fondo para compensar moras en el pago de aportes. Ese fondo se constituirá con 10,5% de IVA, que se aplicará por los planes de salud que superen en prestaciones y costo al Programa Médico Obligatorio. La finalidad es poder formar una previsión de $ 40 por afiliado para solventar eventuales demoras en la aplicación de contribuciones.
* No pudo resolver enteramente el problema de la paridad tributaria entre los distintos competidores del sistema. Las obras sociales no pagan Impuesto a las Ganancias ni Ingresos Brutos, en cambio sí se aplican esos gravámenes a las prepagas. Como una exención requeriría una ley, los funcionarios prefirieron dejar vigente esa diferencia, en ventaja evidente para los sindicalistas.
* Otra precisión que se produjo ayer tiene que ver con la posibilidad de cambiar de prestadora por parte de los afiliados: podrá hacerse uso de la opción sólo una vez por mes. A su vez, una vez producido el pase, debe permanecer 9 meses en la nueva prestadora.



