El Gobierno planea afrontar los próximos vencimientos de deuda con reservas del BCRA. Así lo establece el megapaquete enviado al Congreso. A cambio emitirá letras en dólares por u$s4.571 millones a 10 años de plazo, con amortización íntegra al vencimiento, la que devengará una tasa de interés igual a la que devenguen las reservas del BCRA para el mismo período y hasta un máximo de la tasa Libor anual menos un 1%. Será intransferible y los intereses se cancelarán semestralmente. “Los dólares autorizados a adquirir mediante esta norma sólo podrán aplicarse al pago de obligaciones de deuda denominadas en moneda extranjera”, señala la norma en su articulado 57, 58 y 59.
Pagarán deuda con reservas del BCRA
Al igual que en 2006, el Gobierno de Fernández cancelará vencimientos con dólares del Central.
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La historia vuelve a poner a Miguel Pesce en el mismo lugar que hace casi una década, recreando el concepto de “Reservas de libre disponibilidad” por el cual establece que el Congreso autoriza al Ministerio de Hacienda a emitir nuevos títulos públicos por un monto de u$s4.571 millones y que el Central deberá comprárselos con las reservas internacionales.
En aquella oportunidad le costó el puesto a Martín Redrado y su vice, Pesce, comandó la reunión de directorio por la cual se llevó a cabo la instrucción del Ejecutivo de fondear el Fondo del Bicentenario con reservas del ente monetario. El ministro de Economía, Martín Guzmán, se garantiza así los recursos para cubrir un monto equivalente a los vencimientos de enero y febrero evitando así el default. Pero para el BCRA implicará un nuevo golpe a su ya deteriorado balance, que desde agosto pasado registra patrimonio neto negativo.
El mercado reaccionó, lógicamente, con importantes alzas en los bonos en dólares, lo que se tradujo en una caída del riesgo-país de casi el 7%, a 1.972 puntos básicos.
Hubo otro antecedente previo al de 2009, cuando en 2006 Néstor Kirchner le colocó una letra intransferible al BCRA por u$s10.000 millones para cancelar la deuda conel FMI que debía devolverle en 2015. Vale recordar que la definición del monto de las “reservas de libre disponiblidad” es potestad del BCRA y aplica a excedentes de dólares que por encima de los pasivos de la entidad y de un margen de previsión discrecional que se reserva el Directorio del ente monetario. Luego en 2012, tras la reforma de la Carta Orgánica del BCRA, fue una práctica regular que el Tesoro colocara letras a cambio de reservas.




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