Piden a la Justicia que anule decreto de subas
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Además, los dos o uno de ellos podrían evitar un pronunciamiento dada la cercanía de la feria judicial. Si la decisión queda para enero, recaerá en el juez de la feria, Martín Silva Garretón. Y en caso de que uno o los dos jueces rechacen durante este mes la solicitud de medida cautelar, el proceso llegará a la sala que actuará durante la feria. Tanto Silva Garretón como dos de los tres magistrados que conforman la Cámara de Feria se consideran más proclives a pronunciarse a favor de las demandas presentadas.
Mondino indicó que su presentación fue solicitada por entidades de consumidores (Proconsumer, Adecua, Cruzada Cívica, entre otras) con el argumento de que los aumentos transitorios (ésta es la terminología usada en el decreto) «no se encuentran previstos en el marco de la renegociación dispuesta por la ley de emergencia».
• Alcance
El funcionario agregó que «el decreto importa un quebrantamiento del principio de legalidad» y que la presentación fue hecha «en tutela» de los derechos de usuarios de los servicios públicos de gas y luz, lo que quiere decir que si el pedido de Mondino es admitido por la Justicia, la medida cautelar regirá en todo el país. Esto, en cambio, abre algunas dudas si el fallo favorable se diera en la causa iniciada por Oliveira, ya que ella representa sólo a los usuarios de la Ciudad de Buenos Aires.
En su presentación, Mondino dijo que la situación no reviste el carácter de urgente, invocado por el Poder Ejecutivo. Señaló que «las reformas políticas, sociales y económicas plantearon la necesidad de renegociar los contratos de los servicios públicos, y es la falta de decisión política, de transparencia y de eficiencia del poder administrador lo que impidió llevar adelante las modificaciones tarifarias en el marco de la comisión renegociadora y mediante la realización de audiencias públicas».
• Violaciones
Según Mondino, el decreto viola la Ley de Emergencia Pública y los procedimientos previstos en las leyes de marco regulatorio de gas y electricidad. También dijo que «no deben utilizarse los decretos de necesidad y urgencia para sor-tear la oposición o eventual rechazo del Parlamento». Añadió que «no se tomó la precaución de someter a consideración del Congreso este tema en sesiones extraordinarias».
Por esa razón, y por violar el artículo 42 de la Constitución en lo que se refiere al derecho de los usuarios a inter-venir antes de la toma de decisiones sobre un servicio público, Mondino dijo que el decreto es «inconstitucional» y pidió a la Justicia que se pronuncie en igual sentido.
Por su parte, Oliveira afirmó que «el Poder Ejecutivo insiste con el aumento de tarifas de manera inconstitucional e ilegítima ya que no cumple con los procedimientos de la ley de emergencia y entra en total contradicción con la Constitución nacional».
También indicó que «el Ministerio de Economía se dedicó a buscar un atajo para imponer aumentos tarifarios, en vez de activar el proceso de renegociación de contratos».



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