Positivo: apuran la reforma contra accidentes de trabajo
Aunque la economía esté creciendo a 8% este año, la situación de las empresas dista de ser la mejor. Facturan más, pero los costos se están elevando a un ritmo mayor. El problema no pasa sólo por no poder absorber los aumentos salariales que se delinean en el Ministerio de Trabajo. Hay una peligrosa moda de iniciar juicios a empresas. Entre las clásicas demandas laborales llamó la atención, y por ello la reacción oficial, que se triplique este año la cantidad de juicios por accidentes de trabajo. El gobierno acelerará el envío al Congreso del proyecto para el nuevo régimen con el que se calcularán las indemnizaciones. Trascendió que la iniciativa es correcta en el sentido de poner freno a la industria del juicio ya desarrollada con estas causas. En una semana, esa iniciativa estaría en la Cámara de Diputados. La única duda es la posición que podría tomar la Corte Suprema de Justicia una vez aplicado el nuevo sistema. Pero ya hay gestiones oficiales en este sentido. Lo lamentable es que, más allá de su veloz aprobación, el proyecto no servirá para contener los 16.000 juicios que ya están iniciados (no se puede legislar para atrás). Habría otro dato alentador: el presidente Néstor Kirchner habría decidido frenar cambios en los topes indemnizatorios y en el régimen laboral a pymes. Eran otras iniciativas que amenazaban a empresas y, por ende, también a trabajadores ocupados o no.
-
Plazo fijo en 2026: ¿cuánto hay que invertir para generar $250.000 en 30 días?
-
Plazo fijo en 2026: ¿cuánto rinde invertir $500.000?
El índice de
litigiosidad
por accidentes
de trabajo
se incrementó
casi al doble
entre 2004 y
2005. Sobre
la base de los
datos hasta
mayo, la
proyección
indica que
este año los
juicios por
accidentes
podrían
triplicarse.
No existen ya demasiados puntos que pulir en esa iniciativa que fue elaborada en el Ministerio de Trabajo, y pasó meses en consulta por distintas oficinas. Así, el nuevo sistema de indemnizaciones por accidentes se calculará por una fórmula financiera basada en el caso Vuoto -un fallo emitido en la década del 70 en el juicio de Dalmiro Vuoto contra Telefunken Argentina- que fue seguido por muchos jueces a la hora de cuantificar el daño.
En la versión que tomaría la reforma, la indemnización a pagar por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo debería ser equivalente a una suma de capital que, invertida en condiciones de riesgo mínimo en el mercado, produzca una renta mensual similar a los ingresos actuales del trabajador multiplicada por el índice de incapacidad que se verificara después del accidente. Es decir, que si un empleado sufre una incapacidad de 50%, el monto mensual surgiría de multiplicar esa renta similar a su salario por 0,5 y regiría desde el momento en que se produce el accidente hasta el día de su jubilación.
El trabajador podrá optar por cualquiera de las dos vías: el juicio por accidente ante los tribunales o la indemnización pagada por la ART con el nuevo cálculo, pero elegir uno de los caminos excluirá el otro.
El incentivo que tiene para el trabajador es que puede llegar a una indemnización de esta característica -ajustada por encima de los montos que rigen actualmente- con un mero trámite administrativo ante la ART, lo que desalentaría la «industria del juicio».
Para las empresas el régimen será más caro al necesitarse una suba en los aportes patronales para financiar la prima más elevada en los montos por indemnización, pero ofrece mayor certidumbre que la incógnita que ofrece hoy el no saber la cuantía de un monto indemnizatorio en las sentencias judiciales.
Y en el caso de optar el trabajador por seguir la vía judicial, la ART asistirá en la sentencia pagando hasta el monto que hubiera abonado al trabajador y la empresa tendrá dos vías: pagar la diferencia o tomar, por afuera del régimen de ART, un seguro de responsabilidad-civil acotado por la diferencia. Esto también traerá un mayor costo a los empresarios que, de todas formas, lo prefieren antes que la incertidumbre de un fallo.
Los problemas que aún quedarían pendientes son varios. La Corte Suprema, como se dijo, debe definir la constitucionalidad del nuevo esquema y no parece dispuesta a dar un guiño político al gobierno antes que el proyecto sea sancionado.Por otra parte, habrá un ensayo cuando ingrese el proyecto sobre las verdaderas intenciones del gobierno de no complicar a las empresas e inversores: se sabrá entonces si el kirchnerismo cumple su palabra o cede otra vez a las presiones del dúo Moyano-Recalde, que insisten con un sistema de «conglobamiento», es decir, que el trabajador puede demandar por los dos sistemas indiscriminadamente.




Dejá tu comentario