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Estos números surgen de analizar el impacto de la normativa pergeñada por el directorio del Banco Central sobre capitales mínimos (Comunicación «A» 3.959) que va en sintonía con los lineamientos del Palacio de Hacienda y del propio presidente Informate más
Con el nuevo régimen, las grandes empresas, las PyMEs y las personas tienen un tratamiento similar en cuanto al requerimiento de capital que el Central exige a los bancos. Esto no ocurría con el régimen anterior, que precisamente discriminaba a los tomadores de crédito a favor del sector público y las grandes empresas, castigando más a las PyMEs y las personas. Porque se suponía que el sector público no caía en default y por ende tenía implícito menor riesgo, al igual que las grandes empresas, mientras que las PyMEs y las personas eran consideradas de mayor riesgo crediticio y, en consecuencia, se les exigía a los bancos más capital para canalizar préstamos a estos sectores. ¿Cómo operaba? Los bancos debían tomar la exigencia básica de capital de 3% para el sector público y de 11,5% para el sector privado y multiplicarla por el ponderador. De modo que la exigencia de riesgo crediticio era de 3% para prestarle al Estado; de 11,5%, a las grandes empresas; de 17,3%, a las PyMEs, y de 28,8%, a las personas.
Esto, traducido en el monto de financiación posible por cada $ 100 de capital nuevo o excedente, era de $ 3.333 para el Estado, $ 870 para grandes empresas, $ 580 para PyMEs y $ 348 para personas.
Con la nueva normativa no sólo se aplica una exigencia de capital de 8% sobre los activos de riesgo (préstamos, bonos) igual para el sector público que para el privado, sino que se suspende la aplicación de la exigencia de mayores capitales en función de la tasa de interés de los préstamos.
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