19 de octubre 2001 - 00:00

Qué descubrieron grandes empresas

Más allá de las expectativas favorables por las medidas económicas en estudio, por el renovado apoyo de organismos internacionales -algo que no se esperaba en este contexto mundial-y lo inocua que resultó la última elección del 14 de octubre para la economía, sorprende la firmeza que ha tomado la cotización de títulos públicos argentinos inclusive remontando pronósticos negativos de una calificadora mundial como Standard and Poor's. Desde ya la cotización -el «piso» fue el martes 9 pasado-era extremadamente baja, aún en crisis. Pero hay otros factores en juego para la recuperación menos conocidos, al menos por el gran público.

NUEVO ESTUDIO

Cuando el equipo económico anunció y dispuso el 9 de agosto pasado que los títulos argentinos (BONTE 2, BONTE 3, FRB, BOCON PRE3 en pesos, el que precisamente aumentó 8% en un día el miércoles 17, y otros) servían para pagar impuestos, la noticia pasó bastante inadvertida. Primero porque el país estaba en pleno fárrago preelectoral a una semana de los comicios. Segundo porque, a primera vista, se interpretó que era un mero intento más de fortalecer, con las mismas garantías de siempre, determinados títulos por parte del gobierno que, simplemente, aspiraba a bajar el riesgo-país.

Derivó luego el tema a los analistas y asesores de las empresas y pasaron los comicios. Allí, entre los analistas, se evaluó para empresas y particulares, desde ya también ahorristas aunque éstos no tienen tanto asesoramiento, que detrás del beneficio financiero había variantes atractivas y una garantía nueva: el uso.

El beneficio financiero, si sólo fuera eso, desde ya era bueno. Un título de valor nominal 100 a un rendimiento de 10% anual si se lo compraba a 72 de precio dejaba $ 38. Rendimiento alto, de 35% hasta 53% (si se toma sobre precio 72).

Luego se evaluó otro detalle al observar las condiciones de la operación: los títulos, en dólares o en pesos, si se quiere entrar, deben entregarse al gobierno hasta el 31 de diciembre próximo y se recibe un certificado con dos características: resultaban inmunes a cualquier posibilidad de devaluación, aunque ésta hoy ya esté descartada, porque el gobierno ya cerró la operación con la entrega aceptada, y, segundo, rebaja efectivamente, 35% las cargas impositivas que se pagarán el año próximo vía ese certificado.

 
DONDE SIRVE

Sacado el riesgo de devaluación y aparecida la garantía extra del uso en lo demás se vio era una real rebaja impositiva del 35% en pagos al fisco en el año 2002. Para empresas servirá en Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, IVA (inclusive de importaciones). Para el caso de impuestos con vencimiento futuro y para deudas anteriores al 31 de junio se agregan las contribuciones patronales. Para particulares lo mismo pero sin tener la carga fiscal de Ganancia Mínima Presunta, que no le corresponde, pero sí aplicable al impuesto a los Bienes Personales, al impuesto a la riqueza y, desde ya, Ganancias.

No entran los sistemas de retención de impuestos a un tercero, el impuesto al cheque, los aportes a las ART quedando claro que el IVA usable es el que el comerciante, empresa o particular (éstos hay muy pocos)
paga al fisco, no a un tercero en compras comunes.

En el caso de los impuestos con vencimiento futuro se amplió la posibilidad de utilizar no sólo el interés sino que además se puede tomar el capital de los títulos que venzan hasta el 31 de diciembre de 2003, tanto en pesos como en dólares. Para esta operación se puso un tope de $ 1.000 millones en títulos a ser aceptados por el Estado. Cuando se complete ese monto, Economía suspenderá el beneficio.

Desde ya que, al que negrea, esta operación recientemente lanzada no le sirve por lo menos para el monto que no declara. Sí y mucho al que paga normalmente impuestos que saldará así $ 65 por cada $ 100.

Llamó la atención otra cláusula: el que le canjea títulos al Estado contra un certificado
«saldador de impuestos» por una única vez -empresa, comercio o persona-puede echarse atrás, devolver el certificado del gobierno y que le devuelvan sus títulos. Si intenta repetir, ya no.

Neutro

Siempre que aparecen estas gangas financieras -rentabilidad de 53 por ciento o ahorro de 35 por ciento-la gente duda porque si alguien gana tanto alguien lo pierde, en este caso sería el Estado. No es así; el Estado sale neutro de la operación porque le adelantan un cobro de algo que igual tenía que pagar.

Lo único que podría afectar al particular es algo tan poco probable -dado el elevado nivel actual-como que el Estado aumentara los impuestos. En este caso el particular no pierde pero el canje de títulos por certificados le quedaría «corto» si había calculado todos los impuestos del año 2002 utilizables por esta disposición.

Hay que tener en cuenta algunas
condiciones:

- Los títulos públicos deben se canjeados por el certificado en la Caja Nacional de Valores (antes del 31 de diciembre próximo para el caso de la moratoria) y previendo su uso en esos rubros impositivos señalados más arriba y sus excepciones (retenciones y el impuesto al cheque entre otros).

- Canjeados por certificado antes de este 31 de diciembre sirven para vencimientos impositivos a partir del 10 de marzo próximo.

- Para cancelar impuestos futuros con el interés y el capital de un bono, sirve el sistema exclusivamente para títulos que vencen antes del 31 de diciembre del año 2003 como el BONTE 2002, BONTE 2003, FRB, BOCON PRE3.

- Todos los títulos así usados sirven a partir de su primer cupón de vencimiento, por eso convienen los títulos públicos con más vencimientos parciales hasta 2003.

- Al canjear título por certificado no debe aclararse en qué impuesto se va a aplicar y se puede desistir, se dijo, una sola vez la operación.

- El Estado aceptará un tope de $ 1.000 millones en la operación en la que se puede usar el capital de los títulos públicos para el pago de impuestos. Hoy trascendió que están cubiertos casi $ 100 millones porque recién se difunde el beneficio.

Hay pedido de aclaratorias a la AFIP pero no sobre lo anterior sino acerca de si es posible en algunas extensiones, por caso en la moratoria anterior (de la cual sólo sigue pagando 20% de los que se inscribieron). Sirve de la nueva (fue para deudas impagas al 30 de junio pasado).
Aquí se discute si corresponde o no porque el de moratoria es un impuesto que
ya no se debe sino que se pagó al inscribirse, pero en cuotas. En cambio en la última moratoria ya se aclaró que sí vale saldarla con los mencionados títulos. Se entiende que no está aclarado pero surge del «espíritu» de las medidas que también correspondería.

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