Se podrán pagar deudas impositivas
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En lo que respecta a las deudas impositivas, los bonos podrán aplicarse a la cancelación de impuestos nacionales acumulados hasta el 30 de junio de 2001. Aquí se incluye el IVA, Ganancias, Bienes Personales, Internos, impuesto al cheque, Combustibles, Comercio Exterior, Ganancia Mínima Presunta y Endeudamiento Empresario.
En cambio, quedan fuera las deudas previsionales de todo tipo. El argumento es que para este tipo de aportes, únicamente es válido el efectivo, ya que de este ingreso depende el pago a los jubilados.
Habrá 90 días hábiles bancarios desde que comiencen a cotizar los títulos para aplicar esta opción. También se podrá cancelar totalmente el importe pendiente de pago de las moratorias vigentes. La última que se incluye es la que permitió pagar deudas tributarias acumuladas hasta el 30 de setiembre.
El gobierno estudiará si también la posibilidad alcanza a los monotributistas. En principio quedarían incluidos, pero podría haber algún tipo de limitación puntual.
El pago vía BODEN tendrá que ser de toda la deuda, y no existirá la posibilidad de cancelar parte al contado o en cuotas. Si un contribuyente debe 100.000 pesos, deberá utilizar los BODEN hasta alcanzar esa cifra y no podrá cancelar un monto menor de deuda.



