Servicios: bajaron los castigos para morosos, pero aún siguen altos
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Es que cuando un usuario se retrasa, el recargo que se cobra puede ser de hasta un máximo de una vez y media esta tasa del Nación ( también puede ser inferior, según se disponga) más 21% de IVA, en general.
• El gas. Sólo a 3 puntos porcentuales por encima de los niveles del año 2000, se encuentra la actual tasa de interés que debe pagar quien se retrasa con el gas. El punitorio que se cobra alcanza a 33,68%. En una comparación de facturas de este mismo servicio interanual, se destaca que en agosto de 2002 los punitorios al retraso alcanzaban una tasa efectiva anual superior a 98%. En este caso, la tasa activa del Nación se cobra maximizada -es decir, una vez y media-y al total se le aplican los impuestos.
• El teléfono. En 2 años, la tasa de interés que cobraban por el retraso en la factura del teléfono cayó de 108% anual 33,7% en la actualidad. Esto también implica el cobro del máximo permitido -como en el caso del gas-de la tasa activa del Nación. Durante el 1 a 1, se aplicaban intereses de casi 32% anual a la morosidad (sólo un punto porcentual por debajo de los niveles de 2001).
• El agua. Se detectaron intereses a la morosidad inclusive por debajo de los que se exigían en la convertibilidad: alrededor de 22,95% anual cuando en 2001 rondaba 28,71% anual. La explicación es que la tasa activa del Banco Nación en agosto de 2001 se ubicaba en 1,290% mensual a lo que se le agregaba 50% (es decir, se aplicaba una vez y media) lo que resultaba un total de 1,935%. Hoy, esta tasa se aplica sin maximizarse, lo que da 1,55% mensual. No obstante, en 2000, se aplicaba un interés de 5% mensual más impuestos.
• La luz. El castigo a los morosos de este servicio fue el más duro en 2002: alcanzó 114% anual. Hoy ronda en 36% anual, sólo 3 puntos porcentuales por encima de los niveles de 2001.
• El ABL. Para quien se haya retrasado en el pago del impuesto de alumbrado, barrido y limpieza este setiembre, una buena noticia: el interés que se exige bajó de 4,11% mensual (49,34% anual) a 2,74% mensual (es decir, 32,89% anual) en relación con el bimestre anterior. El castigo que se cobra a los porteños por retrasarse con el ABL es casi el mismo que se cobraba en el 1 a 1.
De acuerdo con un vocero de la Dirección General de Rentas porteña, las tasas «se ajustaron a fin de armonizar la normativa local a la legislación nacional y así evitar la configuración de situaciones de desigualdad para con los contribuyentes». Este ajuste, se corresponde con la Resolución 1.772/'04 de Hacienda y Finanzas.




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