Si no hay ley, se posterga suba de aportes patronales
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El caso más claro es el de la suba de 4 puntos en los aportes patronales para las empresas de servicios, como privatizadas, bancos o supermercados. Este incremento no podrá ser computado a cuenta de IVA como el resto de la suba de aportes, a 16%, establecida por Domingo Cavallo. Y es una de las medidas que se incluyeron para financiar que el recorte a los salarios y jubilaciones pase por un piso superior a los $ 500 fijado por el gobierno.
La marcha atrás en la rebaja de Ganancias también estará tocada por la demora en la sanción del proyecto. La AFIP le confirmó anoche oficialmente a este diario que las empresas tienen que liquidar las devoluciones del Impuesto a las Ganancias del período enero-junio y el nuevo cálculo del salario de julio tal cual fue establecido en el decreto que dispuso la rebaja impositiva. Por lo menos esto es así mientras no exista la ley que diga lo contrario.
Dijo además que las empresas que no cumplan con este punto estarán en falta. Por otro lado, también la AFIP confirmó el adelanto de este diario del lunes pasado, que en el caso de que el Senado apruebe la eliminación de esta rebaja en Ganancias, los empleados podrían devolver el monto ya liquidado en cuotas.
De haberse sancionado a tiempo la ley del ajuste que contempla la medida de dar marcha atrás con la reducción en Ganancias, las empresas hubieran tenido un marco legal para poder frenar la devolución en efectivo del impuesto, cosa que ahora deberán hacer indefectiblemente.



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