Pasado el aluvión centroizquierdista, comienza a notarse que la división de los miembros de la Corte Suprema de Justicia en «mayoría automática» del menemismo y «los buenos», en términos precisos, significó división entre creyentes en la privacidad y estatistas proclives a la demagogia. De éstos, los segundos son retrógrados en referencia a lo que rige en el mundo de países desarrollados, que lo son precisamente por no ser demagógicos. Al tener ahora una Corte de centroizquierda para acompañar un gobierno también de centroizquierda, un veletismo más de una Argentina poco seria, los más cercanos a Raúl Alfonsín y su estatismo aprovechan para sumarse a los progresistas y colaboran en atrasar el país. Pesificar los depósitos judiciales significa una formidable traslación de fondos a los bancos oficiales -en la Capital Federal el Banco Ciudad- que los tienen. Perjudica a los particulares que no tenían allí esos depósitos por propia voluntad sino por la lentitud de la Justicia. Pudieron pagar o tener que cobrar en pesos equivalentes a dólares ¿por qué asaltarlos desde el Estado? El actuar de una Corte así, como la nuestra actual, no se dio ni se da en Chile, Brasil y -desde ya- en gobiernos socialistas sólidos europeos. Allí se tiene especial cuidado en la equidad y en aventar el partidismo en la jurisprudencia porque tienen conciencia de que la historia política moderna es el juego alternativo de centroderecha y centroizquierda en el gobierno. Aquí, en cambio, esta Corte se acomoda a este gobierno que supone que se establece «una patria socialista» para siempre y entonces tenemos que tener «leyes y jurisprudencia socialistas». Hasta es de escasa cultura e incapacidad de razonar este pensamiento.
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El tribunal supremo le envió así otra señal al gobierno de su predisposición a seguir el criterio de respaldar jurídicamente la Ley de Emergencia Económica dispuesta por Eduardo Duhalde y ratificada el 26 de octubre con el fallo «Bustos».
Expertos en Derecho se mostraron en desacuerdo con este nuevo fallo pesificador de la Corte y remarcaron que «si un juez dispuso un depósito en dólares, se tiene que devolver en dólares. El caso que se analizó es el de la quiebra de la empresa
Pero el banco presentó un recurso extraordinario para que el caso fuera revisado, con el fundamento de que condenar al Banco a no pesificar y mantener los fondos en dólares le producía un perjuicio patrimonial, porque lo obligaba a adquirirlos en plaza a su costo.
Además, interpretó que la inferencia de que los depósitos judiciales se encontraban excluidos de la programación y consecuentemente de la pesificación era
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