26 de septiembre 2002 - 00:00

Sube 1,5% el gas por el impuesto al cheque

El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) autorizó a las empresas de gas a trasladar a tarifas el impacto del impuesto a los débitos y créditos en cuenta corriente, más conocido como impuesto al cheque. La medida es retroactiva al 1 de julio pasado, e implica una suba promedio de 1% para residenciales y de 1,5% para la industria en todo el país.

La decisión del Enargas, según los considerandos de la resolución, cuenta con el aval del Ministerio de Economía. Aunque simultáneamente también se conoció ayer una resolución de la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) en sentido contrario (ver aparte), se cree que a partir de lo dispuesto con las tarifas de gas, se adoptará iguales criterios para el resto de las privatizadas que prestan servicios públicos.

Aunque la ley del impuesto al cheque rige desde abril de 2001, el tema cobró más importancia para las empresas privatizadas cuando este año se eliminó la posibilidad de deducir parte del gravamen del Impuesto a las Ganancias y del IVA, y cuando se pesificaron y congelaron las tarifas por la ley de emergencia pública.


• Cláusula

En esas condiciones, las compañías redoblaron el requerimiento para trasladar a tarifas el impuesto al cheque en función de la cláusula de estabilidad tributaria que le aseguran los contratos de concesión.

La disposición del Enargas, presidido por Héctor Fórmica, admite además el traslado del gravamen desde que se impuso en abril de 2001. Esto implica una deuda que los usuarios pagarán en 12 cuotas, aunque, según fuentes del ente regulador, el monto pendiente implica un total de 3 pesos para un usuario residencial de bajo consumo (un promedio de 200 metros cúbicos bimestrales), debido a que se consideran las deducciones que existían hasta el año pasado.

Para decidir cuánto le corresponde pagar a cada usuario, la empresa deberá trasladar el monto pagado por el impuesto al cheque en el mes anterior al que se factura. Esa suma será prorrateada en forma proporcional a los importes facturados en el mes siguiente al de prestación del servicio, es decir, que los pesos a pagar por cada usuario dependerán del total del impuesto pagado por la empresa en sus transacciones, y de la propia tarifa neta de impuestos. Cuanto más alta sea la factura, mayor será el importe a pagar por el impuesto.

De esta forma, no se trata de un porcentaje sobre la tarifa, sino de una suma en pesos que variará en cada factura, y que en los primeros bimestres se verá acentuado porque además se pagará el retroactivo al 1 de abril de 2001.


La medida rige en principio para una de las dos transportadoras: TGS, porque Transportadora de Gas del Norte inició un recurso administrativo por este tema y la resolución pasa ahora por otro carril. En cuanto a las distribuidoras, en principio están incluidas MetroGas, Gas Natural Buenos Aires Norte, Camuzzi Pampeana, Camuzzi del Sur, Litoral Gas, Distribuidora del Centro y Distribuidora Cuyana.

• Acumulación

Está excluido del traslado el impuesto que las gasíferas pagan por sus actividades no reguladas, como en el caso de Transportadora Gas del Sur por su producción de gas en garrafas. La resolución prevé que cada empresa deberá presentar al Enargas, información certificada por contador público de los importes mensuales abonados por el impuesto y el detalle del impuesto trasladado a tarifas.

Como la resolución está en vigencia desde ayer, pero rige desde el 1 de julio, en las facturas a recibir a partir de la semana próxima, los usuarios podrían ver acumulados el importe correspondiente a julio y agosto, más la primera cuota por el período abril 2001-junio 2002.

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