ver más

Ya superaste el límite de notas leídas.

Registrate gratis para seguir leyendo

30 de julio 2008 - 00:00

Suspenden régimen de restricciones al ingreso de capitales

ver más
El Ministerio de Economía suspendió por 30 días la aplicación de los requisitos para los ingresos cambiarios por la venta de activos externos de residentes del sector privado.

El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.

Mediante la Resolución 195/08, publicada hoy en el Boletín Oficial, se suspendieron por 30 días los requisitos establecidos para los ingresos de fondos del exterior superiores a 2 millones de dólares por mes por endeudamientos financieros del sector privado y por ingresos de fondos de no residentes.

Los requisitos suspendidos son los estipulados en el Decreto 616/05, que requieren un plazo mínimo, que la operación se curse a través del sistema financiero local, así como la constitución de un depósito nominativo, no transferible y no remunerado, por 30% del monto involucrado en la operación correspondiente, durante un plazo de 365 días corridos, el que deberá ser constituido en dólares en las entidades financieras del país.

"En la coyuntura actual, existiendo demoras en la liquidación de operaciones de exportaciones agropecuarias, el Banco Central de la República Argentina entiende que es posible suspender algunas restricciones al ingreso de fondos externos sin afectar negativamente su política cambiaria", indicó la norma.

El Decreto 616/05 estableció un régimen aplicable a los ingresos y egresos de divisas al mercado de cambios, "con el objeto de profundizar los instrumentos necesarios para el seguimiento y control de los movimientos de capital especulativo".

Últimas noticias

Dejá tu comentario

Te puede interesar

Otras noticias