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En esta norma están comprendidos los créditos hipotecarios hasta $ 250.000 en origen, los prendarios hasta $ 30.000 y los personales hasta $ 12.000, que fueron los que tras ser pesificados empezaron a ajustar por CVS.
En cuanto a los préstamos que se rigen por el ajuste del CER (las líneas personales que estén por encima de los montos mencionados arriba y los destinados a empresas), continuará el ajuste por el CER y también regirá una tasa máxima de 3,5% en el caso de hipotecarios y prendarios y de 5% para el caso de préstamos personales.
Estas reglamentaciones no rigen para el caso de los préstamos otorgados después de la devaluación, que se regirán de acuerdo con la tasa pactada libremente con el banco, tanto para líneas en pesos como para las convenidas en dólares.
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