22 de julio 2011 - 14:41

TGN va a la Justicia por la pesificación y congelamiento de tarifas


Luego de diversos cruces y disputas con el Gobierno, ahora Transportadora Gas del Norte (TGN) ha resuelto dar un primer paso en el campo judicial en relación a la cuestión de la pesificación y el posterior congelamiento de tarifas ocurrido de 2002 a 2010. En concreto, la empresa quiere que la Justicia deje en claro si a fin de año prescribe o no el plazo que tiene para iniciar eventuales acciones legales por daños y perjuicios por el tema tarifas.

La decisión de la empresa surge como consecuencia de que, al estar renegociando con el Estado, no puede hacerle reclamos judiciales durante dicho lapso, ya que sino quedaría excluida de la negociación, según lo dispone el artículo 11° de la Resolución 308/02 del Ministerio de Economía. La transportadora sólo puede reclamar por vía administrativa, algo que ya ha efectuado pero no ha tenido respuesta. A la imposibilidad de realizar una causa judicial contra el Estado en el período de negociación, se suma que no está claro si en enero de 2012 prescribe o no el plazo que tendría para hacer el reclamo legal. Por tal motivo, TGN busca asegurarse que mientras negocia no haya prescripción de la posibilidad de iniciar futuras acciones legales.

Por lo anterior, TGN solicitó ante la Justicia en lo contencioso-administrativo federal una acción declarativa de certeza contra el Estado en la que pide que se precise si existe o no prescripción del plazo que tiene la empresa para promover un posible reclamo futuro por daños y perjuicios por la pesificación de las tarifas que dispuso la Ley 25.561 y el subsiguiente congelamiento tarifario.

En caso de que a fin de año prescribiera la posibilidad de reclamar, la empresa se encontraría "atada de manos" ya que no puede iniciar acciones legales si es que desea llegar a buen puerto con la renegociación y a la vez se le vencerá el plazo para hacerlo. Es por esto que decidió recurrir a la Justicia para despejar la incertidumbre y tener resguardo para no verse perjudicada.

En TGN consideran que no puede haber prescripción de la posibilidad de reclamar, pero no obstante deben asegurarse de que esto es así para protegerse, ya que la cifra en juego es de $ 1.600 millones.

"No estamos reclamando nada judicialmente, no comenzamos ningún litigio legal, pero necesitamos tener precisiones para preservar los derechos de la empresa", indicó un alto directivo de la transportadora.

La decisión de pedir la aclaración judicial se da luego del reclamo que realizó la empresa por vía administrativa, en el que aduce haber sufrido un daño por la suma de $ 1.247,69 millones más $ 349,39 millones de intereses, lo que hace un total de $ 1.597,08 millones y del cuál no ha recibido respuesta estatal alguna.

Como consecuencia de lo anterior, "Transportadora Gas del Norte (TGN) promovió una acción declarativa de certeza contra el Estado Nacional, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, que tramita ante el fuero nacional en lo contencioso-administrativo federal", informó la compañía.

Y explicó que "por medio de dicha acción, TGN solicita se declare que el artículo 11° de la Resolución N° 308/2002 emitida por el Ministerio de Economía tiene, respecto de TGN, desde el momento mismo de su vigencia, efectos suspensivos de la prescripción para promover la acción judicial de daños y perjuicios que TGN ha sufrido como consecuencia de la pesificación y congelamiento de la tarifa de transporte doméstico de gas natural producidos por la Ley 25.561".

"Para el caso que el tribunal entendiera que el citado artículo 11° no posee el efecto suspensivo antes mencionado, TGN solicitó, en formas subsidiaria, se declare la inconstitucionalidad del mismo", añadió la compañía.

En caso de no haber un pronunciamiento de la Justicia, la empresa se verá obligada a tener que tomar una decisión a más tardar en diciembre respecto a si comienza o no el litigio judicial por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la pesificación y congelamiento de las tarifas.

El articulo 11° de la Resolución 308/2002 es el que imposibilita a las empresas que poseen concesiones o licencias que se encuentren renegociando las mismas, realizar reclamos judiciales o ante tribunales por incumplimientos contractuales, ya que en caso de iniciar acciones quedarían excluidas del proceso de renegociación.

"Las empresas concesionarias o licenciatarias, que mientras se desarrollare el proceso de renegociación en curso, efectuaren una presentación en sede judicial o ante un tribunal arbitral, articulada sobre el presunto incumplimiento contractual fundado en las normas dictadas en razón de la emergencia, serán intimadas por el Ministerio de Economía, como Autoridad de Aplicación del régimen dispuesto por el Decreto N° 293/02, a desistir de tal acción, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieran, se instarán los actos para disponer su exclusión de dicho proceso", sostiene el artículo de la Resolución 308/02 sobre el cuál se pide la acción de certeza.

Al momento de efectuar el reclamo administrativo ante el Ministerio de Planificación, la transportadora de gas sostuvo que "la interposición del reclamo obedece a la necesidad de proteger los derechos de TGN, los que de otro modo podrían verse afectados por el curso de la prescripción".

En el mismo la empresa aclaró además que "no obstante, es intención actual de TGN continuar participando en el proceso de renegociación de su Licencia" conforme al procedimiento dispuesto en el Decreto 311/03 y normas complementarias. Y agregó que "dicho proceso lleva ya nueve años de duración, aun no concluye, y TGN no puede asegurar cuál será el resultado a que se arribe".

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