11 de diciembre 2015 - 00:00

Aclaración

En el artículo "Dilemas de lidiar con un poder que no morirá sin combatir" del martes 8 se consignó por error que la Asamblea Nacional de Venezuela puede convocar de motu proprio a un referendo revocatorio. No es así. Según el artículo 72 de la Constitución, el único modo de hacerlo es a través de la recolección de firmas de ciudadanos equivalentes al 20% del padrón.

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