5 de octubre 2018 - 00:00

Casación mutila causa escuchas ilegales y la disuelve (la que más irritó a Macri)

En su hiperactiva jornada de fallos, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal inoculó un disolvente que marchitará la causa de las escuchas ilegales, que mantuvo en vilo al presidente Mauricio Macri hasta que fue sobreseído. En un giro inesperado cuando comenzaban a activarse los preparativos para el juicio oral y público que tenía fecha para febrero de 2019, tres jueces anularon parte de los delitos investigados justamente las escuchas- que constituían la médula de la investigación, con lo que mutilaron el expediente y dejaron a los imputados al borde de la absolución. El dato curioso es que el camino que encontraron ni siquiera lo había pedido la defensa del excomisario Jorge "Fino" Palacios en su apelación, que buscaba lograr una prescripción por el paso del tiempo. Casación culpó al exjuez Norberto Oyarbide por desaguisados en la instrucción del caso, pero de rebote también cargaron (sin nombrarlo) contra el fallecido fiscal Alberto Nisman, uno de los impulsores de la acusación.

Liliana Catucci, Eduardo Riggi y Carlos Mahiques entendieron que el principal problema de la causa fue haber considerado que las pinchaduras telefónicas orquestadas por el espía Ciro James eran un delito de acción pública, y no uno de "acción privada". La diferencia era sustancial para sostener la acusación pero también para que los damnificados sean ellos quienes impulsen la investigación. "Quedó así desvirtuado al menos en lo que a las intervenciones telefónicas se refiere, un expediente que se puede decir armado en derredor de una acción privada desdibujada durante largos años como de acción pública", indicó el fallo con la instrucción de anular todo, desde la foja 1, en cuanto a las escuchas se refiere. Eso deja sin delito inicial el caso que versaba sobre la ilegalidad de esa maniobra y la conformación de una asociación ilícita (donde existió falsedad ideológica, incumplimiento de los deberes de funcionario y abuso de autoridad) para utilizar la estructura gubernamental porteña y los recursos de la exSIDE y de dos jueces federales de Misiones. La constatación de todos esos delitos venía luego de confirmar las pinchaduras, algo que quedará fuera del juicio ahora.

El Tribunal Oral Federal N°5 ya debía haber comenzado ese proceso: como reveló Ámbito Financiero, y aduciendo sobre carga de trabajo, suspendieron su arranque previsto originalmente para el 5 de septiembre de 2017. Lo pospusieron casi dos años. Ahora, salvo que exista prueba independiente de los delitos, todo lo que giraba en torno a las "escuchas" no podrá ser utilizado por la fiscalía en el juicio.

"No queda sino declarar la nulidad de todo lo actuado", subrayó Catucci, aunque Riggi aclaró en su voto que se refería al delito de interceptación indebida de las comunicaciones. Palacios había pedido que queden prescriptas. Los jueces las anularon e hirieron de muerte a acusación que todavía pesaba sobre el extitular de la Policía Metropolitana, un juez y varios policías de Misiones, además de al exministro de Educación Mariano Narodowski. El fiscal de Casación, Javier De Luca podrá probar chances de revertir este fallo ante la Corte, único camino de revisión.

La Sala III fue mordaz e implacable contra Oyarbide, al punto de dar por válido que forzó la conformación de toda la causa a contra mano del Código Procesal. Mahiques propuso que el tribunal de juicio analice si se habían cumplido los plazos para evaluar una prescripción. En este caso, el procesamiento de Macri como partícipe de esta maniobra duró más de cinco años y generó que asumiera la primera magistratura con esa mácula. Luego fue sobreseído por el juez Sebastián Casanello y consentido por la Cámara Federal. El resto de los involucrados podrá atravesar sin sobresaltos el juicio si es que se lleva a cabo.

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