13 de julio 2010 - 00:00

Cupones bursátiles

Una nota que no puede ignorarse, por las consecuencias que pueden generarse y la jurisprudencia que, a través del tema planteado, pueda quedar clavada en medio del sistema bursátil, nos promueve la columna de hoy. En el diario Perfil -edición del sábado 10 de julio-, y con firma de Jesica Bossi, se dio cuenta de una inminente presentación que haría la ANSES» en contra del Grupo Clarín. Uno de los motivos principales: reclamar, en su condición de socio minoritario, la distribución de un dividendo en efectivo y en base a resultados acumulados de $ 783 millones. La entidad cobraría, de esto, la suma de $ 80 millones. Lo primero que nos llama la atención es que se presentaría en Tribunales, sin que mencione a la CNV y que resulta el organismo rector del sistema bursátil. Se dice allí que tal acción, (como otras, que implican el análisis de los balances y hasta una «sospechosa» caída del precio del papel), será llevada adelante por notorio «buffet» de abogados especializados.

Será seguramente interesante ver a qué se arriba con la pretensión del reparto de dividendos, cuando desde siempre las asambleas societarias son soberanas para propuestas y decisiones. Y los accionistas minoritarios deben acatar lo que impone la mayoría (en todo caso, el llamado grupo de control). Como en la nota se menciona también que irían a la carga contra otras compañías, donde la ANSES posee porcentajes tomados de la posición de las AFJP, y una de ellas «importante empresa alimentaria», hay un frente ofensivo por medios del que -entendemos- la ANSES pretende forzar a que las sociedades distribuyan dividendos, en efectivo, por medio de una intimación judicial.

Como está el mundo y las economías, pensamos, no es criticable que las empresas decidan dejar beneficios como respaldo, antes de dispersarlos. Y nos intriga poder saber desde qué tipo de argumentación un socio minoritario puede forzar un pago, opuesto a lo resuelto en asamblea.

El tema es prometedor, porque si se produce un fallo que involucre a una firma y a la que se obligue a abonar lo exigido: esto podría hacer variar todo el sistema cotizante argentino. Y serviría para que se produjeran emplazamientos masivos, en todas las compañías en condiciones de distribuir utilidades acumuladas. ¿Cómo juega el rol de la CNV en todo esto?. Un misterio. Y los propios estatutos sociales, otro misterio. Es un caso mucho más trascendente de lo que pueda pensarse.