18 de mayo 2010 - 00:00

EE.UU.: polémica por duro fallo contra abusadores

Washington - La Corte Suprema de Estados Unidos defendió ayer la detención indefinida de agresores sexuales una vez completada su condena.

La máxima instancia judicial estadounidense revirtió así la decisión de un tribunal inferior que había determinado que el Congreso sobrepasó su autoridad al aprobar una ley que permite las detenciones indefinidas de personas consideradas «peligrosas sexualmente».

«Concluimos que la Constitución garantiza al Congreso el suficiente poder legislativo para aprobar» esa ley, sostuvo el juez de la Corte Stephen Breyer, quien representó a través de un escrito la opinión de la mayoría.

Los encargados de llevar el caso ante el máximo tribunal del país fueron cuatro hombres que habían cumplido condenas de entre tres y ocho años por posesión de pornografía infantil o por haber abusado de un menor y cuyo confinamiento debía haber concluido dos años atrás.

Ante esa apelación, funcionarios de prisión argumentaron, para mantenerlos encarcelados, que éstos podían implementar, si eran liberados, una conducta violenta desde el punto de vista sexual o agredir a algún menor.

Entre quienes votaron en contra del encarcelamiento indefinido estuvo el juez Clarence Thomas, quien sostuvo que el Congreso sólo puede aprobar leyes que estén relacionadas con los poderes federales listados en la Constitución.

La Corte Suprema de Estados Unidos determinó también que es inconstitucional sentenciar a cadena perpetua sin libertad condicional a menores de edad que hayan delinquido pero no hayan matado a nadie.

Así fue que por cinco votos contra cuatro, la Corte resolvió que la Constitución estadounidense exija que los adolescentes condenados a cadena perpetua deben, al menos, tener acceso a la posibilidad de libertad condicional. Con su dictamen, el tribunal amplía una decisión de 2005 que prohíbe la ejecución de asesinos que tengan menos de 18 años al cometer el crimen.

El tribunal afirmó que la cadena perpetua sin libertad condicional para los menores de edad no homicidas representa un castigo «inusual y cruel» y por tanto está prohibido por la octava enmienda de la Constitución, que impide que se apliquen penas desmesuradas.

Además, el auto de la Corte considera que la misma enmienda prohíbe a los estados prejuzgar que estos delincuentes no puedan rehabilitarse y reincorporarse a la sociedad.

«Este tribunal sostiene ahora que para un delincuente juvenil que no ha cometido homicidio, la octava enmienda prohíbe la sentencia de cadena perpetua sin libertad condicional», aseguró el magistrado Anthony Kennedy.

La decisión judicial se produjo en torno del caso de Terrance Graham, que perpetró un robo a mano armada cuando tenía 16 años y fue sentenciado a libertad condicional en un tribunal de Florida tras llegar a un acuerdo con la Fiscalía. Después el tribunal determinó que el menor había violado los términos de su libertad condicional al cometer más delitos, por lo que le revocó la sentencia original y lo condenó a cadena perpetua por el primer robo a mano armada.

Como Florida eliminó su sistema de libertad condicional la condena dejó a Graham, que ahora tiene 22 años, sin ninguna posibilidad de quedar en libertad en toda su vida, a menos que reciba un indulto.

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